QUE APRUEBA EL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE INICIATIVA DE COOPERACION AGRICOLA Y ALIMENTARIA ENTRE COREA Y LATINOAMERICA (KOLFACI), FIRMADO POR REPRESENTANTES DE LA REPUBLICA DE COREA Y VARIOS PAISES DE AMERICA LATINA, POR G. 482.704.200 (GUARANIES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS), SUSCRITO EL 15 DE SETIEMBRE DE 2014, EN EL MARCO DE LA COOPERACION CON LA REPUBLICA DE COREA, CUYA EJECUCION ESTARA A CARGO DEL INSTITUTO PARAGUAYO DE TECNOLOGIA AGRARIA (IPTA); Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, APROBADO POR LEY N° 5554, DEL 5 DE ENERO DE 2016
VigenteLEY2016PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0FQ8
Cooperativa agrícola -- Aprobación del Memorando de Entendimiento sobre el Establecimiento de Iniciativa de Cooperación Agrícola y Ali
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Art. 1
Artículo 1°
.- Apruébase la Donación otorgada por la República de Corea al Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA), en el marco del Memorando de Entendimiento sobre el establecimiento de Iniciativa de Cooperación Agrícola Alimentaria entre Corea y Latinoamérica (KOLFACI), firmado por representantes de la República de Corea y varios países de América Latina, por G. 482.704.200 (Guaraníes cuatrocientos ochenta y dos millones setecientos cuatro mil doscientos), suscrito el 15 de setiembre de 2014, cuya ejecución estará a cargo del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA), destinada a promover el crecimiento verde y sostenible, facilitar el desarrollo económico continuo y mejorar la situación socioeconómica de los pequeños agricultores a través de la cooperación tecnológica con los países de América Latina, conforme con el Anexo que forma parte de esta Ley.
Art. 2
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central (Tesorería General y Ministerio de Agricultura y Ganadería) y de la Entidad Descentralizada (Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016, por el monto de G. 482.704.200 (Guaraníes cuatrocientos ochenta y dos millones setecientos cuatro mil doscientos), conforme con el Anexo que forma parte de esta Ley.
Art. 3
Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de la Administración Central (Ministerio de Agricultura y Ganadería) y de la Entidad Descentralizada (Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria), por el monto de G. 482.704.200 (Guaraníes cuatrocientos ochenta y dos millones setecientos cuatro mil doscientos), conforme con el Anexo que forma parte de esta Ley.
Art. 4
Artículo 4°.- Establécese que las autoridades del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA) será responsable por la inclusión en su presupuesto de recursos y créditos, planes y programas que no guarden relación directa con los fines y objetivos previstos en la Ley o su carta orgánica, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 1535/99 “DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO”.
Art. 5
Artículo 5°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo con el Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto del correcto registro, imputación o ejecución presupuestaria, en el ejercicio vigente, a la fecha de la promulgación de la presente Ley.
Art. 6
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a ocho días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Hugo Adalberto Velázquez Moreno
Presidente
H. Cámara de Diputados
Roberto Acevedo Quevedo
Presidente
H. Cámara de Senadores
Del Pilar Eva Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria
Oscar Rubén Salomón Fernández
Secretario Parlamentario
Asunción
, 30 de diciembre de 2016
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Santiago Peña
Ministro de Hacienda
Juan Carlos Baruja
Ministro de Agricultura y Ganadería
Art. 1
ANEXO ARTICULO 1°
“MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE INICIATIVA DE COOPERACION AGRICOLA Y ALIMENTARIA ENTRE KOREA Y LATINOAMERICA
Los representantes de la Administración para el Desarrollo Rural, la República de Corea (ROK), el Ministerio de Agricultura y los Institutos de Investigación Agrícola de cada país de América Latina que incluye el Estado Plurinacional de Bolivia, República de Colombia, la República de Costa Rica, República Dominicana, República de El Salvador, República de Guatemala, República de Haití, República de Honduras, República de Nicaragua, República de Panamá, República del Paraguay y la República del Perú; en lo sucesivo, serán referidos como Los Miembros.
Reconociendo la necesidad de cooperación entre los países de América Latina y la República de Corea para el desarrollo agrícola sostenible en la región; y,
Compartiendo la opinión de que el esfuerzo para mejorar los sectores agrícola y alimentario y reformar la estructura de la industria para la promoción de los intereses comunes y la seguridad alimentaria es de vital importancia;
Han decidido conjuntamente lo siguiente:
PARRAFO 1
ESTABLECIMIENTO Y UBICACION
1. Los Miembros constituyen una iniciativa conocida como la iniciativa de Cooperación Agrícola y Alimentaria entre Korea y América Latina (en adelante, KOLFACI).
Art. 2
2. La oficina sede y secretaría de la KOLFACI estará ubicado en la Administración de Desarrollo Rural (en adelante RDA), Jeonju, la República de Corea (en adelante, la República de Korea). Sus centros afiliados pueden ser establecidos en los países de los Miembros en América Latina.
PARRAFO 2
PROPOSITO
El propósito de la KOLFACI es promover el crecimiento verde y sostenible, facilitar el desarrollo económico continuo, y mejorar la situación socioeconómica de los pequeños agricultores a través de la cooperación tecnológica con los países de América Latina.
PARRAFO 3
AFILIACION
1. Las organizaciones gubernamentales para la agricultura en la República de Corea y en los países de la región latinoamericana se conviertan en los miembros de la KOLFACI mediante la firma de este Memorándum de Entendimiento (en adelante, MOU).
2. Las organizaciones o institutos que quieran unirse a KOLFACI después de que este Memorando de Entendimiento entre en vigor, tienen que obtener la aprobación de la Asamblea General y firmar un memorando suplementario para convertirse en un miembro.
PARRAFO 4
ACTIVIDADES
Para lograr su propósito, Los Miembros de la KOLFACI emprenderán conjuntamente la siguiente cooperación:
A) Desarrollo de Tecnología para la producción de alimentos y productos agrícolas:
1) desarrollo de tecnologías de mejora de la productividad de los cultivos, la horticultura y la ganadería;
2) desarrollar políticas de investigación para promover la industrialización de la agricultura y la reestructuración; y,
3) desarrollar programas de mejora de la dieta y la nutrición.
B) Desarrollo de tecnología para el medio ambiente agrícola sostenible y la conservación y utilización de recursos:
1) el desarrollo de tecnologías para la gestión de agricultura y los recursos hídricos sostenibles con el medio ambiente;
Art. 3
3. El miembro donde se encuentra la Secretaría (ROK) proporcionará un apoyo activo a la cooperación en tecnología agrícola entre los países miembros.
Art. 4
4. El KOLFACI podrá establecer un Comité Consultivo, como el Comité de Ciencia y Tecnología por aprobación del Consejo Ejecutivo y organizará un grupo de trabajo especial, definido por roles.
PARRAFO 6
ASAMBLEA GENERAL Y EL CONSEJO EJECUTIVO
1. Cada miembro designará a un representante adecuado como Director en el país que estarán representados en la Asamblea General designará a uno de los directores como Presidente.
2. La Asamblea General se celebrará cada 2 (dos) años.
3. La Asamblea General elegirá a los miembros del Consejo Ejecutivo entre sí.
4. El Consejo Ejecutivo constará de Directores miembros del Consejo (en adelante denominado como el Director Ejecutivo) y el Presidente de la Asamblea General celebrará el cargo de Presidente del Consejo.
Art. 5
5. El Consejo Ejecutivo celebrará más de una reunión al año.
Art. 6
6. El Consejo Ejecutivo podrá establecer una comisión temporal sobre diversos temas dentro de su ámbito de competencia y función, siempre que sea necesario.
PARRAFO 7
SECRETARIA
1. La Secretaría se compondrá de un Secretario General y de personal de los países Miembro.
2. La duración del mandato del Secretario General, será de 3 (tres) años y el/ella pueden ser reelegidos.
3. El Secretario General preparará el proyecto de programa anual de trabajo, el proyecto de presupuesto anual y el informe anual para su presentación en la reunión anual del Consejo Ejecutivo para su aprobación.
4. El Secretario General además de ejercer las atribuciones asignadas a el/ella en virtud del presente Memorando de Entendimiento, supervisará la ejecución del programa de trabajo anual y el presupuesto anual, así como la aplicación de las decisiones de los comités bajo la supervisión y el asesoramiento del Consejo Ejecutivo.
5. El Secretario General establecerá Unidades adecuadas, aprobadas por el Consejo Ejecutivo para llevar a cabo las competencias y funciones asignadas a el/ella.
PARRAFO 8
IDIOMA OFICIAL
El inglés será el idioma oficial de la KOLFACI.
Se firmaron ejemplares en inglés, español, francés y coreano del presente Memorándum y la copia en inglés es la versión original.
PARRAFO 9
FINANCIAMIENTO
1. El RDA, donde se encuentra la Secretaría, asumirá los gastos y bienes que pueden incluir lo siguiente:
a) Gastos de proyectos para la implementación del proyecto de cooperación que debe estar dentro de la asignación presupuestaria disponible.
b) Los gastos de alquiler del espacio que ocupa la oficina de la Secretaría.
c) Los salarios, tasas de seguros y otros necesarios para contratar al personal de la Secretaría.
Art. 6
PARRAFO 16
DEPOSITARIO
Una vez firmado este Memorando será depositado en la Secretaría. El Secretario General enviará con prontitud una copia certificada del mismo a Los Miembros.
PARRAFO 17
SUSPENSION
Cada Miembro se reserva el derecho, por razones de seguridad nacional, de interés nacional, orden público o salud pública de suspender temporalmente, ya sea en su totalidad o en parte, la aplicación del presente Memorándum. La suspensión entrará en vigor inmediatamente después de la notificación que se le ha dado a la Secretaría. La Secretaría notificará a Los Miembros sin demora.
En fe de lo cual, los representantes que lo suscriben, debidamente autorizados al efecto, han firmado el presente Memorándum.
Firmado en la Administración de Desarrollo Rural, Jeonju, República de Corea, el día 15 de setiembre de 2014 en el idioma inglés.
Fdo.: Por la República de Corea, Lee Yang-ho, Administrador de la Administración del Desarrollo Rural.
Fdo.: Por el Estado Plurinacional de Bolivia, Hans Franklin Mercado Ríos, Director General Ejecutivo del Instituto Nacional de la Innovación en la Agricultura, Ganadería y Silvicultura.
Fdo.: Por la República de Colombia, Hernán Miguel Román Calderón, Viceministro del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Fdo.: Por la República de Costa Rica, Gina Paniagua Sanchez, Viceministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Fdo.: Por la República Dominicana, Claudio Gregorio Jiménez Alvarado, Viceministro del Ministerio de Agricultura.
Fdo.: Por la República de El Salvador, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Ministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Fdo.: Por la República de Haití, Vernet Joseph, Secretario del Estado para el Relanzamiento de la Agricultura.
Art. 6
2. Fecha de comienzo y terminación del Proyecto: octubre 2014 a setiembre 2017.
3. Descripción del Proyecto
- Introducción
- Resumen del Proyecto
- Metas
Producción de cultivos alimentarios estabilizados y gestión de los nutrientes del suelo equilibrado asegurado fertilizante orgánico para pequeñas granjas y granjas familiares en América Latina.
4. Justificación del Proyecto
Desde que la Agricultura representa más de 30% (treinta por ciento) del PIB en la mayoría de los países de América Latina, es uno de los principales indicadores económicos, y el establecimiento de un sistema de suministro de productos agrícolas estable siempre ha sido parte de las políticas más importantes.
- Granjas familiares/pequeñas podrían haber sido separado de la política agrícola o de la transferencia de tecnología agrícola, debido a que la mayoría de la tecnología agrícola ha sido desarrollado para la agricultura a gran escala.
- Aunque las granjas familiares/pequeñas representan el 70% (setenta por ciento) al 80% (ochenta por ciento) de todas las granjas en América Latina, su productividad es muy baja y no se tienen en cuenta cuando se desarrollen tecnologías.
- La fertilidad del suelo es el principal factor de producción estable de cultivos alimentarios, pero el suministro continuo de fertilizantes para pequeñas explotaciones familiares no es fácil.
- La exploración de recursos de fertilizantes y materia orgánica, así como el desarrollo de la cadena de suministro de fertilizantes son necesarios para la producción de alimentos de alta calidad.
5 Metodología:
5.1 Análisis de los recursos potenciales de fertilizantes en Los Países
Miembros y examen de la viabilidad de la producción de fertilizante orgánico (1ro - 2do año).
-Analizar pequeñas granjas en los países miembros: tipo de cultivos alimentarios, el tipo de cultivo el estado de la gestión y las fuentes disponibles.
Art. 6
Socios:
Con el fin de asegurar el éxito del proyecto a los socios cooperativos serían invitados a unirse en la realización de las actividades del proyecto:
- ONGs que trabajan en el tema y las agencias privadas.
- Otras Instituciones Públicas dedicadas a pequeñas granjas.
- Instituciones Académicas alrededor del campo.
Presupuesto del Proyecto
2014-2017
Descripción
Año 1
Año 2
Año 3
Análisis de los recursos potenciales de fertilizantes de los países miembros y examinar la viabilidad de la producción de fertilizantes orgánicos
15.000
15.000
El desarrollo de modelos de gestión de la fertilización para cultivos alimentarios preseleccionados
20.000
20.000
Creación de capacidad para los especialistas en fertilidad de suelos
15.000
15.000
Difusión y comunicación de los resultados
15.000
Costos
15.000
50.000
50.000
Fecha y firma de las personas responsables
Por el (País Miembro)
-------------------------
(Firma) Fecha
Nombre
Posición
Afiliación
Por la República de Korea
2) desarrollar nuevos recursos de alimentos y energía para hacer frente a los efectos del cambio climático; y,
3) explorar los recursos genéticos agrícolas y desarrollar tecnologías de utilización conforme a las disposiciones legales vigentes.
C) Creación de capacidad y la transferencia de tecnología para el desarrollo de la agricultura y la industria alimentaria:
1) el desarrollo de los recursos humanos a través de programas de educación y formación en los ámbitos de la agricultura y la producción alimentaria;
2) facilitar la construcción de relaciones de beneficio mutuo entre los países miembros de la KOLFACI; y,
3) organizar seminarios, talleres y conferencias a nivel nacional e internacional para abordar las cuestiones pendientes.
PARRAFO 5
ORGANIZACION
1. El KOLFACI establecerá una Asamblea General. La Asamblea General cubre todas decisiones importantes que afectan a las políticas, los recursos, los programas y actividades de la KOLFACI.
2. EL KOLFACI establecerá un Consejo Ejecutivo y una Secretaría para apoyar a la Asamblea General.
d) Otros gastos que puedan ser necesarios para el desempeño de sus funciones regulares.
2. El KOLFACI podrá, con la aprobación del Consejo Ejecutivo, aceptar donaciones y la ayuda de organizaciones no miembros.
PARRAFO 10
ARREGLO DE DIFERENCIAS
Las disputas o diferencias entre los miembros que se deriven de la interpretación o ejecución o aplicación de cualquiera de las disposiciones del presente Memorándum se solucionan en forma amistosa mediante consultas o negociaciones entre Los Miembros a través de los canales diplomáticos mutuos, sin referencia a ningún tercero o tribunal internacional.
PARRAFO 11
PROTECCION DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
La protección de los derechos de propiedad intelectual de cada miembro se llevará a cabo de conformidad con las respectivas leyes y reglamentos nacionales. Todo Miembro reafirma las disposiciones de los convenios internacionales relativos a la propiedad intelectual de los cuales sea parte.
PARRAFO 12
RETIRO DEL KOLFACI
1. Cualquier miembro se podrá retirar en cualquier momento del KOLFACI, enviando una notificación por escrito a la Secretaría.
2. Los miembros que soliciten su retiro se consideran obligados por sus obligaciones hasta el final del año fiscal en el que se presente la solicitud de retiro.
PARRAFO 13
ENMIENDAS
1. Cualquier Miembro podrá proponer enmiendas al presente Memorando. Una enmienda propuesta se comunicará al Secretario General, quien lo comunicará a los demás miembros por los menos 6 (seis) meses antes de su examen por el Consejo Ejecutivo.
2. Enmiendas a este Memorándum serán adoptadas por la Asamblea General y entrarán en vigor una vez aceptadas por Los Miembros.
3. Enmiendas aceptadas por Los Miembros entrarán en vigor en la fecha del último depósito de los instrumentos de aceptación ante la Secretaría.
PARRAFO 14
ENTRADA VIGOR
Este Memorándum entrará en vigencia a partir de la fecha. Permanecerá en vigor hasta que sea terminado de acuerdo con el párrafo 15 del presente Memorándum.
PARRAFO 15
TERMINACION
Este Memorándum podrá ser resuelto cuando el número de los miembros es de menos de 5 (cinco). Dicha terminación debido a la denuncia será efectiva al final del año fiscal.
Fdo.: Por la República de Honduras, Moisés Abraham Molina Guillen, Viceministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Fdo.: Por la República de Nicaragua, Bosco Martín Castillo Cruz, Ministro de la Juventud y Miembro del Sistema de Producción, Consumo y Comercio.
Fdo.: Por la República de Panamá, Esteban Antonio Girón Díaz, Viceministro del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
Fdo.: Por la República del Paraguay, Daniel Fernando Idoyaga Santana, Presidente del Instituto Paraguayo de la Tecnología Agrícola.
Fdo.: Por la República de Perú, Jesús Francisco Caldas Cueva, Director General del Instituto Nacional de Innovación Agrícola.
Fdo.: Por la República de Guatemala, Carlos Alfonso Anzueto del Valle, Viceministro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.*
* La República de Guatemala no aplicará el Artículo 14 del Memorándum, que establece que se hará efectiva a partir de la fecha de la firma. De acuerdo con la Constitución Política de la República de Guatemala, la ratificación es el acto sobre el cual expresa Guatemala su consentimiento en obligarse por un tratado o un acuerdo internacional; esta función pertenece al Presidente de la República. De ahí que para la República de Guatemala, el Memorándum entrará en vigor en la fecha que el memorando es ratificado, que serán notificadas al depositario por vía diplomática.”
“Acuerdo KOLFACI de Proyecto de Cooperación Técnica (PCT)
Título del Proyecto: Aseguramiento de fertilizantes de origen orgánico y desarrollo de la gestión de la productividad del suelo para la producción estable de cultivos alimentarios.
1. Principal Organización de Ejecución
Nombre de la Institución: Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria
Nombre del Director: Doctor Daniel Idoyaga
Dirección: Narciso Colman 1705 c/ Gómez Ríos
Teléfono: (595-21) 614-523
Fax: (595-21) 614-523
Email: secretariapresidencia@ipta.gov.py; secretariageneral@ipta.gov.py
Investigador Principal: Ingeniero Agrónomo Francisco Vallejos
Nombre de la Organización: IPTA- CHIB
Posición título/ Profesión: Jefe de Programa de Investigación de Suelos.
Dirección: Centro de Investigación “Hernando Bertoni”
Teléfono: (595-511) 242-119
Fax: (595-511) 242-119
Email: hbertoni@ipta.gov.py
-Evaluación del estado actual de la gestión de la fertilización y la productividad en cultivos de alimentos seleccionados.
- Establecer el sistema para asegurar los recursos de fertilizantes particularmente materiales orgánicos como el compost y otros.
5.2 Desarrollo de modelo de gestión de la fertilización de los cultivos alimentarios preseleccionados (2do-3ro Año).
- Diseñar un modelo personalizado, asegurado el fertilizante adecuado para pequeñas explotaciones.
-Elegir una familia agrícola representativa y la realización de proyectos piloto que comparen la productividad de cultivo basado en la gestión de la fertilización.
5.3 Creación de capacidad para especialistas en fertilidad del suelo (2do-3ro Año).
- Transferencia de tecnología y entrenamiento para la gestión de la fertilización en los países miembros. Formación sobre el sistema de gestión de la fertilidad del suelo coreano. El intercambio de experiencias en la formación en gestión de la fertilización.
- La publicación del manual de gestión de la fertilización para cada país miembro.
6. Resultados esperados
- Manual de gestión de la fertilización básico para pequeñas explotaciones.
- Establecimiento de la cadena de suministro de abono orgánico para cada país miembro.
7 Duración del proyecto/línea de tiempo
Fase
2014
2015
2016
Observaciones
Análisis de los recursos potenciales de fertilizantes de los países miembros y examinar la viabilidad de la producción de fertilizantes orgánicos
El desarrollo de modelos de gestión de la fertilización de los cultivos alimentarios preseleccionados
Creación de capacidad para los especialistas en fertilidad del suelo
8 Experiencia y Capacidad
El Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA) es un instituto nacional de investigación agrícola, establecido desde 2010, con personal limitado, pero de alta calificación. El Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA) aplicó a esta beca principalmente para ganar experiencia y conocimiento en mejores prácticas de fertilizantes mediante el uso de diferentes fuentes disponibles en sitios cercanos a pequeñas explotaciones en Latinoamérica.
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(Firma) Fecha
Nombre
Posición
RDA”
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