POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE, EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION N° 1762 DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 1997.
VigenteRESOLUCION1998MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/0D74
Pesas y medidas -- Normativa sobre pesos y dimensiones vehiculares -- modificación parcial el Artículo 2° de la Resolución 1762/1997 M
VISTA: La Resolución N° 1762 del 28 de noviembre de 1997 " POR LA CUAL SE UNIFICA EN UN SOLO INSTRUMENTO, LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A PESO Y DIMENSIONES DE LOS CAMIONES Y ÓMNIBUS QUE TRANSITAN POR LAS RUTAS NACIONALES"; y CONSIDERANDO: La necesidad de modificar parcialmente el Articulo 2° de la mencionada Resolución, ampliando los puntos 2.3.4, 2.4.7 y 2.4.8, EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Modificarse parcialmente el Artículo 2° de le Resolución N° 1762 del 28 de noviembre de 1998, quedando redactado en los siguientes puntos como sigue:
2.3.4.- Queda limitado el peso bruto total de (45) cuarenta y cinco toneladas.
2.4-TIPO DE CAMIONES NO CONVENCIONALES PARA TRANSPORTE DE CARGAS ESPECIALES O INDIVISIBLES, QUE SUPEREN LOS PESOS MÁXIMOS REGLAMENTARIOS.
2.4.7.- Los Camiones no Convencionales que transporten hasta (45) cuarenta y cinco toneladas no requerirán permiso especial.
2.4.8.- Los Camiones no Convencionales cuyo peso bruto total excedan (45) cuarenta y cinco toneladas, deberán solicitar a la Dirección de Vialidad, dependiente del Gabinete del Viceministro de Obras Publicas y Comunicaciones, el Permiso Especial.
Modificado por RESOLUCION 2043/2010
Modificado por RESOLUCION 2043/2010
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese a quienes corresponda archívese.
ING. JORGE LAMAR GOROSTIAGA
Ministro