QUE SUSPENDE POR SEIS MESES LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 5501/15 "QUE MODIFICA VARIOS ARTICULOS DE LA LEY N° 438/94 ‘DE COOPERATIVAS"
VigenteLEY2015PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0EYV
Vigencia de la norma -- Suspensión de la entrada en vigencia de la Ley 5501/2015 "Que modifica varios artículos de la Ley N° 438/94 ‘D
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Suspéndase por el plazo de seis meses la entrada en vigencia de la Ley N° 5501/15 “QUE MODIFICA VARIOS ARTICULOS DE LA LEY N° 438/94 ‘DE COOPERATIVAS”.
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidós días del mes de octubre del año dos mil quince, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a nueve días del mes de diciembre del año dos mil quince, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Miguel Tadeo Rojas Meza
Vicepresidente 2
En Ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Mario Abdo Benítez
Presidente
H. Cámara de Diputados
Del Pilar Eva Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria
Carlos Núñez Agüero
Secretario Parlamentario
Asunción
, 29 de diciembre de 2015
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Sin firma
Sin firma
Ministro de Hacienda