QUE ESTABLECE LA REMISION DE LAS TRANSFERENCIAS DEL SISTEMA FINANCIERO
VigenteRESOLUCION SB. SG.2014BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0E6K
Operación financiera -- Establecimiento de la Remisión de las Transferencias del Sistema Financiero.
VISTO: El artículo 34 de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay"; los artículos 17, 34, 35 y 37 de la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito"; las Resoluciones SB. SG. N° 00159/2013 y el memorando GTIC N° 0168/2014 de fecha 02.05.2014 de la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones; CONSIDERANDO: La necesidad de contar con el registro detallado del movimiento de recursos dentro y fuera del país, y así brindar un servicio más eficiente; Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO RESUELVE:
Art. 1
1°) Disponer que las Entidades del Sistema Financiero informen todas sus operaciones que impliquen la salida de recursos o derechos de capital del país al exterior, la entrada de recursos o derechos de capital del exterior al país y los movimientos internos de recursos de capital, bajo cualquier otra modalidad.
Modificado por RESOLUCION SB. SG. 113/2014
Modificado por RESOLUCION SB. SG. 113/2014
Art. 2
2°) Establecer la remisión diaria del Archivo de Transferencia, con datos del día hábil anterior inmediato, conforme a la descripción del archivo indicado en los anexos 1 y 2, que forman parte de esta resolución.
Art. 3
3°) Establecer que las operaciones acordadas por entidades que requieran la participación de una o más intermediarias financieras, deberán reportar la transferencia conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente resolución. Las intermediarias financieras que actúan en carácter de mandatarios de otra entidad, deberán reportar la operación identificándola en el campo 19, con el código 14 Intermediario en operaciones de transferencia, de la tabla de referencia "Motivo Transacción". .
Art. 4
4°) Establecer un periodo de pruebas a partir del día 24.05.2014 hasta el día 24.06.2014, período en que se realizarán los ajustes correspondientes, si fuesen necesarios.
Modificado por RESOLUCION SB. SG. 113/2014
Modificado por RESOLUCION SB. SG. 113/2014
Art. 5
5°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
HERNAN M. COLMAN ROJAS
SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO
ORACLE EXP-0000-2014-002786.-
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