POR LA CUAL SE CREA EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
VigenteACORDADA2013CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPY/LEGI/0DPH
Organismo público -- Creación del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia.
En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los veinte días del mes de agosto de dos mil trece, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes, y los Excmos. Sres. Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, Miguel Oscar Bajac Albertini, Víctor Manuel Núñez, Sindulfo Blanco, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Cesar Antonio Garay y Gladys Ester Bareiro de Módica, por ante mí, el Secretario autorizante; DIJERON Que, la Resolución N° 115 del 29 de Agosto de 1996 creó el Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ), y estableció el marco normativo institucional en materia de capacitación e investigación judicial, determinó la estructura orgánica y reglamento de funcionamiento del CIEJ. Que, la División de Investigación, Legislación y Publicaciones fue concebida a fin de desplegar tareas que permitan realizar investigaciones sobre la situación y requerimientos de la administración de justicia y a sistematizar y difundir información jurídica relevante. Que, los debates en el ámbito de las Cumbres Judiciales Iberoamericanas y el Plan Estratégico de la Corte Suprema de Justicia (2011-2015) manifiestan la necesidad de impulsar actividades de investigación, orientadas especialmente a la función judicial y a la difusión de sus resultados. Que, institucionalizar la investigación judicial como una herramienta de apoyo a la gestión y a la capacitación judicial es un requerimiento fundamental para avanzar en el mejoramiento de la administración de justicia, y requiere de una estructura moderna y dinámica que le permita realizar sus objetivos de manera a contribuir con la actividad jurisdiccional. Que, la conformación de una nueva estructura para el desarrollo de líneas de investigación judicial, responde a la necesidad de dotar a la Corte Suprema de Justicia de una unidad técnica y de apoyo a la labor jurisdiccional, para generar debates e investigaciones sobre temas relevantes para el derecho y la función judicial. Que, por tales motivos, corresponde modernizar la actual estructura de la División de Investigación, Legislación y Publicaciones del CIEJ, transformándola en un centro con funciones específicas de investigación, sistematización y difusión de información judicial que contribuyan a la eficiencia y eficacia de la gestión judicial. Que, la Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones legales y constitucionales para dictar resoluciones y adoptar decisiones tendientes a la excelencia y eficacia de la administración de justicia de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3º inc a) de la Ley 609/95 que organiza la Corte Suprema de Justicia y el art. 29 inc. a), de la Ley 879/81 “Código de Organización Judicial”, Por tanto, en uso de sus atribuciones, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º.- DISPONER que en adelante la División de Investigación, Legislación y Publicaciones pase a denominarse Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia, como instancia técnica de investigación jurídica.
Art. 2
Art. 2º.- La nueva estructura del Instituto de Investigaciones Jurídicas, tendrá como objetivos principales:
- Establecer líneas de investigación en el campo de la actividad judicial.
- Promover y dirigir proyectos de investigación judicial de acuerdo a los lineamentos establecidos institucionalmente.
- Realizar estudios que aconsejen y propicien los cambios requeridos para el perfeccionamiento constante de la administración de justicia.
- Promover la sistematización, análisis, difusión y publicación de información jurídica legislativa, jurisprudencial y doctrinal, para proveer a las necesidades de información a la magistratura y a la comunidad jurídica en general.
- Difundir y publicarlos resultados de las investigaciones por medios gráficos o soportes digitales como base de datos y similares.
Art. 3
Art. 3º.- El Instituto de Investigaciones Jurídicas tendrá como responsable a un Ministro de la Corte Suprema de Justicia. Contará con una Dirección Ejecutiva encargada de la planificación y dirección de las actividades y comprenderá las siguientes áreas: Área de Investigación y Estudios Judiciales, Área de Jurisprudencia, Área de Legislación y Área de Publicaciones. Las funciones de cada área serán objeto de reglamentación.
Art. 4
Art. 4º.- APROBAR el Anexo I de la presente Acordada que contiene la estructura orgánica del Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Art. 5
Art. 5º.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración y Finanzas y a la Dirección General de Recursos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, las previsiones necesarias para el funcionamiento técnico operativo y funcional de la estructura creada como un programa dependiente de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 6
Art. 6º.- La presente Acordada, entrará en vigencia a partir de la aprobación de la misma y la propuesta de la estructura presupuestaria se implementará desde la aprobación de la Ley de Presupuesto General de Gastos de la Nación del próximo año.
Art. 7
Art. 7°.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: