CIRCULAR 3/2010 • COMISION NACIONAL DE VALORES (C.N.V.) • 2010/07/14 • PY/LEGI/09YC
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Procedimiento administrativo -- Establecimiento del requisito para la remisión de informaciones y documentos de sociedades emisoras de
PARA SOCIEDADES EMISORAS DE TITULOS VALORES DE OFERTA PUBLICA Teniendo en cuenta disposiciones normadas en la Ley 1.284/98 de Mercado de valores y las Resoluciones de la CNV, que guardan relación con la información correspondiente al ejercicio cerrado al 31/12/2009, solicitamos la remisión de las siguientes informaciones y documentaciones:
Art. 1
1. Información indicada en el Artículo 133 de la Resolución CNV N° 763/04 (Anexo L), respecto de lo resuelto en la Asamblea General Ordinaria, sobre el pago de dividendos correspondientes al ejercicio 2009. Deberán remitir además, la copia autenticada del Acta de Asamblea respectiva.
Art. 2
2. Información sobre la situación de pago en efectivo, de los dividendos correspondientes al ejercicio 2008, según lo dispuesto en el Artículo 156 de la Ley 1.284/98.
Art. 3
3. En caso de existir cambios en el Registro de firmas de personas autorizadas, obrante en nuestros registros, proceder a la actualización del mismo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 y el Anexo A de la Resolución CNV 763/04.
Se solicita la contestación a esta circular y la remisión de la información y documentos indicados a más tardar para el día 19 de Julio de 2010. En caso de que la información solicitada, haya sido remitida a la CNV con anterioridad a la presente Circular, favor indicar esta situación y la fecha en que fue remitida la misma en la CNV.
Ante cualquier duda, a los efectos de mayor aclaración sírvanse contactar con el Departamento de Registro y Control de la Comisión Nacional de Valores.
Departamento de Registro y Control Comisión Nacional de Valores