QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MINGA GUAZU, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 39, UBICADO EN EL KM 20 ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BASICA N° 4.089 "ESPIRITU SANTO".
VigenteLEY2013PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0DDX
Transferencia de bienes a título gratuito -- Autorización a la Municipalidad de Minga Guazú, para transferir a título gratuito a favor
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Minga Guazú, a transferir a Título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 39 del Distrito de Minga Guazú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1, al folio 1 y siguientes del 15 de noviembre de 1990, ubicado en el Km 20 Acaray - barrio San Felipe del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 4.089 "Espíritu Santo", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LADO 1-2: Con rumbo S 88° 20' 23" E (Sur, ochenta y ocho grados, veinte minutos, veintitrés segundos, Este), mide 56,60 m. (cincuenta y seis metros con sesenta centímetros), linda con resto de la Plaza (Lote N° 1).
LADO 2-3: Con rumbo S 1o 30' 28" W (Sur, un grado, treinta minutos, veintiocho segundos, Oeste), mide 75,00 m. (setenta y cinco metros), linda con derecho privado.
LADO 3-4: Con rumbo N 88° 20' 23" W (Norte, ochenta y ocho grados, veinte minutos, veintitrés segundos, Oeste), mide 56,60 m. (cincuenta y seis metros con sesenta centímetros), linda con calle pública (calle 03).
LADO 4-1: Con rumbo N 1o 30' 28" E (Norte, un grado, treinta minutos, veintiocho segundos, Este), mide 75,00 m. (setenta y cinco metros), linda con la Escuela Espíritu Santo.
SUPERFICIE: 4.244 m2 9.800 cm2 (CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE MIL OCHOCIENTOS CENTIMETROS CUADRADO).
Los Puntos 1 y 2 tienen las Coordenadas (UTM)
Punto N° 1: E= 722165,95 N= 7.180284,67
Punto N° 2: E= 722222,53 N= 7.180283,03
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil doce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los once días del mes de abril del año dos mil trece, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Oviedo Matto
Presidente
H. Cámara de Senadores
Atilio Penayo Ortega
Secretario Parlamentario
Blanca Fonseca Legal
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 10 de mayo de 2013.
Téngase por Ley de la República, publíquese insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Federido Franco Gómez
Carmelo Caballero
Ministro del Interior