POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONVENIO MARCO.
VigenteRESOLUCION2014DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0E0D
Contrataciones del Estado -- Aprobación del Reglamento del Procedimiento de Convenio Marco.
VISTO La Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas" y sus Decretos Reglamentarios; la Ley N° 3439/07 que modifica la Ley N° 2.051/03 "De Contrataciones Públicas" y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas; el Decreto N° 11.193 de fecha 5 de noviembre de 2007, por el cual se faculta al Ministerio de Hacienda a través de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) a implementar la modalidad de Convenio Marco para la selección de los proveedores de bienes o servicios comúnmente requeridos por los organismos, entidades del Estado y Municipalidades sujetos al sistema de contrataciones del sector público; el Decreto N° 1315/14 Por el cual se establece la reglamentación del Procedimiento de Convenio Marco a ser efectuado por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas para los Organismos, Entidades y Municipalidades, sujetos al Sistema de Contrataciones del Sector Publico, establecido en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas". CONSIDERANDO Que articulo 1° de la Ley 3.439/07, modifica el articulo 5° de la Ley 2.051/03 "De Contrataciones Públicas" y crea a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), como institución reguladora y verificadora de las contrataciones que caen bajo el ámbito de aplicación del Articulo de la Ley N° 2.051/03. Que por disposición legal la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) es la institución administrativa facultada para diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades; y dictar las disposiciones para el adecuado cumplimiento de la ley De Contrataciones Públicas y su reglamento. Que el articulo 3° de la ley N4 3.439/07 enumera las funciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y entre ellas se encuentra la de diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, entidades y las municipalidades. La competencia de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas para dictar normas de carácter general que dispongan la aplicación de otras modalidades de contratación que permitan una alternativa ágil y dinámica tanto al sector público como al privado. El artículo 1° del Decreto 11.193/07 que faculta a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas a implementar y llevar a cabo el procedimiento de Convenio Marco, para los Organismos, Entidades y Municipalidades sujetos del Sistema de Contrataciones del Sector Público. El Articulo 18 del Decreto 1315/14, que establece disposiciones complementarías para la aplicación del procedimiento de Convenio Manco aprobado por el Decreto N° 11.193/2007 a ser efectuado por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los Organismos, Entidades y Municipalidades, sujetos al Sistema de Contrataciones del Sector Público faculta a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas a reglamentar y establecer las mejores prácticas a los fines del presente Decreto. El Decreto N° 11/2013, por la cual se nombra al Señor Pablo Femando Seitz Ortiz, a ejercer las funciones de Director Nacional Interino de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas conforme a su Carta Orgánica la Ley N° 3.439/07. POR TANTO En uso de sus atribuciones establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas", su modificación Ley N° 3439/07 y su Decreto Reglamentario N° 21909/03, y las consideraciones antes mencionadas. EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°. APROBAR el reglamento del procedimiento de "Convenio Marco" para su efectiva implementactón.
Art. 2
Artículo 2°. DISPONER la vigencia del reglamento a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.
Art. 3
Artículo 3°. COMUNICAR a quienes corresponda, publicar y una vez cumplido, archivar.
Abg. PABLO SEITZ ORTIZ
DIRECTOR NACIONAL
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Modificado por RESOLUCION 814/2014
Modificado por RESOLUCION 814/2014