POR LA CUAL SE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MÓDULO DENOMINADO “FORMULARIO ANUAL DE INFORMACIÓN DEL SUJETO OBLIGADO” Y EL “INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN”, DIRIGIDO A LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL SECTOR REMESADORAS, SUPERVISADOS POR LA SECRETARÍA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO O BIENES; Y SE ABROGAN LAS RESOLUCIONES SEPRELAD N° 285/14 Y 245/20.
VigenteRESOLUCION2022SECRETARIA DE PREVENCION DE LAVADO DE DINERO O BIENESPY/LEGI/T6ZMIS
Lavado de dinero -- Implementación del módulo denominado “Formulario anual de información del sujeto obligado” y del “Instructivo para la presentación” dirigido a los sujetos obligados del sector remesadoras supervisados por la SEPRELAD -- Abrogación de la Resolución SEPRELAD N° 245/20.
Vista: La Ley N° 1015/97 “QUE PREVIENE Y REPRIME LOS ACTOS ILÍCITOS DESTINADOS A LA LEGITIMACIÓN DE DINERO O BIENES” y sus leyes modificatorias; la Resolución SEPRELAD N° 285/14; la Resolución SEPRELAD N° 245/20; y, Considerando: Que, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) señala en sus recomendaciones que las instituciones financieras y las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD) deben estar sujetas a medidas de regulación y supervisión adecuadas, de manera a que implementen eficazmente las pautas del GAFI. Que, la Ley N° 1015/97, modificada por la Ley N° 3783/09 en su artículo 28 describe que es atribución de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes: “8. disponer la reglamentación, supervisión y sanción de los sujetos obligados establecidos en el artículo 13 de esta Ley, que no cuenten con entidades reguladoras o supervisores naturales”. Que, por Resolución N° 247 de fecha 19 de julio de 2021, se autorizó la implementación del Módulo Inscripción a través del Sistema “SIRO”, para el registro de los Sujetos Obligados supervisados por la SEPRELAD. Que, la Resolución SEPRELAD N° 285/14, fueron aprobados los formularios de Inspección Extra Situ e In Situ para Captura de Información y Análisis de Riesgo, para los sectores de Empresas Remesadoras e Inmobiliarias. Que, a través de la Resolución SEPRELAD N° 245 de fecha 05 de noviembre de 2020, se aprobó el Formulario de Remisión y Actualización de Datos y el Instructivo de Utilización dirigido a los Sujetos Obligados de Sector Remesadora. Que, la Ley 6562 de fecha 20 de junio de 2020, tiene como objetivo reducir el uso del papel en cualquier gestión pública y remplazarlo por el formato digital, que deberá quedar registrado, tramitado y gestionado en línea. Que, a fin de optimizar los recursos de la Secretaría de Estado, para una gestión eficiente se observa la necesidad de actualizar los canales de remisión de información. Que, por Memorando N° 118 de fecha 25 de abril de 202 2, la Dirección General de Supervisión y Regulaciones, elevó a consideración de la Máxima Autoridad Institucional, la implementación del Módulo del “Formulario Anual de Información del Sujeto Obligado”, y el “Instructivo para la Presentación”, a través del aplicativo “SIRO”. Que, la obtención de información veraz y oportuna esencial para ejercer una supervisión correcta y eficiente, por lo que resulta necesaria la Implementación del Módulo mencionado a través del Aplicativo SIRO. Que, la obtención de información veraz y oportuna es esencial para ejercer una supervisión correcta y eficiente, por lo que resulta necesaria la actualización del Formulario de Remisión y Actualización de Datos para el sector, acompañado de un Instructivo de Utilización que coadyuve en su desarrollo. Que, corresponde al Ministro - Secretario Ejecutivo de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), dictar en el marco de las leyes, los reglamentos de carácter administrativo que deban observar los Sujetos Obligados. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO - SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARÍA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO O BIENES Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar, la implementación del Módulo denominado “Formulario Anual de Información del Sujeto Obligado”, y el “Instructivo para la Presentación”, dirigido a los Sujetos Obligados del Sector Remesadoras, supervisados por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes de acuerdo al Anexo I y II respectivamente, de la presente resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Establecer, hasta el 31 de mayo como fecha para la remisión por parte de los Sujetos Obligados, del “Formulario Anual de Información del Sujeto Obligado”.
Art. 3
Art. 3°.- Abrogar la Resolución SEPRELAD N° 245 de fecha 05 de noviembre de 2020, “POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO DE REMISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y EL INSTRUCTIVO DE UTILIZACIÓN DIRIGIDO A LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL SECTOR REMESADORAS, SUPERVISADOS POR LA SECRETARIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO O BIENES; Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN SEPRELAD N° 285, DE FECHA 05 DE SETIEMBRE DE 2014”.
Art. 4
Art. 4°.- Autorizar, a la Dirección General de Supervisión y Regulaciones, a proceder a la actualización del formulario aprobado en el artículo 1º, cuando se identifiquen nuevos indicadores que requieran su modificación o ajuste, para una adecuada implementación.
Art. 5
Art. 5°.- Comunicar, a quienes corresponda y cumplido, archivar.
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