RESOLUCION 1884/2008 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2008/12/11 • PY/LEGI/051Z
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Autorización al Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), el pago de indemnización por implementación del Pro
Vistos: El Programa de Retiro Voluntario contemplado en la Ley Nº 3409/2008 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2008" y el Decreto Nº 11.766/2008 "Por el cual se reglamenta la Ley Nº 3409/2008 y sus anexos correspondientes" y el Dictamen de fecha 10 de noviembre de 2008, del Director General de Presupuesto de la Subsecretaría de Estado de la Administración Financiera del Ministerio de Hacienda; y, Considerando: Que la Ley Nº 3409/2008 en su Artículo 38 establece: "Se desarrollará el programa de retiro voluntario 3 x 1 (tres por uno), por el cual las reparticiones de los organismos y entidades del Estado, deberán declarar el número de funcionarios necesarios para el mejor funcionamiento de la repartición, de manera que por cada tres cargos que puedan ser racionalizados, la repartición podrá disponer de un cargo similar para recategorizar a los que se queden en la función pública. Los funcionarios, que por este método acepten este sistema de retiro, serán indemnizados conforme lo establezca la normativa vigente y que podrá incorporar beneficios adicionales a ser reglamentada en la presente Ley, sin perjuicio de la devolución de aportes o los beneficios de la jubilación de conformidad a las leyes y sistemas de jubilaciones y pensiones vigentes. Autorízase a tal efecto al Ministerio de Hacienda, a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes con recursos de ingresos y gastos aprobados en el presupuesto de los organismos de entidades del Estado, a fin de financiar el retiro voluntario, para lo cual se podrá transferir y/o ampliar los créditos presupuestarios de gastos corrientes en el Objeto de Gasto 845 "Indemnizaciones", de acuerdo con los procedimientos dispuestos en la reglamentación de la presente Ley"; Lo establecido en el Decreto Nº 11.766 "Por el cual se reglamenta la Ley Nº 3409/2008, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2008", Anexo "A", Numeral 16.3 Procedimientos Administrativos, apartado "f" que expresa: "Las máximas autoridades de los OEE (Organismos y Entidades del Estado) deberán autorizar el pago de las indemnizaciones correspondientes a los funcionarios beneficiados con el Programa de retiro voluntario con el Objeto de Gasto 845, Indemnizaciones, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 1535/99, la Ley Nº 3409/08 y las reglamentaciones dispuestas por el presente Decreto; Que es necesario autorizar el pago de indemnización en concepto de retiro voluntario, previsto en los términos señalados. Que el Artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 General de la Educación establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura. Por tanto, y en uso de sus atribuciones; El Ministro de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), el pago de la suma de Guaraníes doscientos treinta millones setecientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y tres (Gs. 230.776.433), en concepto de indemnización a beneficiarios del programa de Retiro Voluntario, de conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 3409/2008 y el Decreto reglamentario Nº 11.766/2008.
Art. 2
Art. 2º.- Establecer que el pago en concepto de indemnización, autorizado en el apartado 1º de esta Resolución, se formalice sobre la base de la liquidación practicada por la División de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), en los términos previstos en el Artículo 38 de la Ley Nº 3409/2008 y el Decreto reglamentario Nº 11.766/2008 y su modificación por Decreto Nº 233/2008; conforme a los anexos que se adjuntan y forman parte de la presente disposición.
Art. 3
Art. 3º.- Comunicar y archivar.