RESOLUCION 317/2004 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2004/08/13 • PY/LEGI/0AFL
VigenteRESOLUCION2004MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/0AFL
Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) - Liquidación del anticipo - Ganado vacuno y equino - Precios promedio -
VISTO: El Decreto Nº 14.895, el artículo 4º de la Resolución Nº 429/96 con la modificación dada por el artículo 1º de la Resolución Nº 973/96 y la Resolución Nº 24/04, y; CONSIDERANDO: Que resulta necesario aclarar a fin de evitar distorsiones en la aplicación del anticipo del Impuesto a la renta de las Actividades Agropecuarias, que dentro de las categorías de ganado descriptas en la presente Resolución, específicamente "Vacas", quedan comprendidas aquellas que poseen "Crías". Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de las facultades que otorgan las normativas citadas en el visto precedente. POR TANTO: EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º.- MODIFICACION. Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 24/04, el cual queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- Precios promedios. Establécese para las categorías de ganado vacuno que se mencionan a continuación como así también para los equinos, los siguientes precios promedios:
a) Vacas con o sin crías Gs. 820.000
b) Novillos Gs. 980.000
c) Toros Gs. 1.160.000
d) Desmamantes Gs. 500.000
e) Equinos en General Gs. 300.000
Art. 2
Art. 2º.- Vigencia. La presente Resolución será de aplicación a partir del 16 de agosto de 2004.
Art. 3
Art. 3º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Viceministro de Tributación:
Andreas Neufeld Toews