POR EL CUAL SE DECLARA ASUETO EL 24 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019, PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS.
VigenteDECRETO2019MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0H7U
Asueto -- Declaración de asueto para el 24 y el 31 de diciembre de 2019 para los funcionarios de la administración pública y entidades
Visto: Las celebraciones de la Navidad y el Año Nuevo; y Considerando: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país. Que las celebraciones de la Navidad y el Año Nuevo son festividades de gran tradición popular y significación para el pueblo paraguayo, ocasiones en las cuales se promueven preparativos y numerosos desplazamientos de todos los ciudadanos, por lo que se hace necesario declarar asuetos en los días previos, para los funcionarios de la administración pública y entidades descentralizadas. Que a los efectos de mantener los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, corresponde excluir de los asuetos previstos a los funcionarios públicos afectados a la prestación de dichos servicios. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1º.- Declárase asueto para los funcionarios de la Administración Pública y Entidades Descentralizadas, el 24 y 31 de diciembre de 2019.
Art. 2
Art. 2º.- Exclúyase de los asuetos declarados en el Artículo 1º de este Decreto a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos de urgencia y en horarios especiales, y a los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad.
Art. 3
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 4
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.