VigenteLEY2009PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/09RH
Declaración de interés social -- Expropiación a favor de la Municipalidad de Ciudad del Este de las fincas 10677 y 7972 -- Derogación
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Derógase la Ley Nº 1650 del 29 de setiembre de 2000 "QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE, LAS FINCAS Nºs 10677 Y 7972".
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los seis días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres
Presidente
H. Cámara de Diputados
Miguel Carrizosa Galiano
Presidente
H. Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado
Secretario Parlamentario
Ana María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario
Asunción, 6 de octubre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior