QUE APRUEBA EL AUMENTO DE LA PARTICIPACION DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY EN EL CAPITAL AUTORIZADO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF), POR UN MONTO DE GUARANIES QUINCE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO (G. 15.749.375.), CONFORME A LA DUODECIMA REPOSICION APROBADA POR LA JUNTA DE GOBERNADORES DE LA AIF, SEGUN RESOLUCION N° 194 DEL 8 DE ABRIL DE 1999.
VigenteLEY2002PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/01MG
Asociación Internacional de Fomento - Aumento de la participación de la República del Paraguay en el Capital autorizado, por un monto
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Apruébase la participación de la República del Paraguay en la Duodécima Reposición de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Grupo del Banco Mundial, por un monto de G. 15.749.375 (Guaraníes quince millones setecientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco), aprobado mediante Resolución Nº 194, de fecha 8 de abril de 1999, por la Junta de Gobernadores de dicho Organismo Multilateral.
Art. 2
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a un día del mes de agosto del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil dos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar A. González Daher.- Juan Carlos Galaverna D.- Carlos Aníbal Páez Rejalaga.- Ada Solalinde de Romero.
Asunción, 20 de noviembre de 2002.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Luis Ángel González Macchi.- James Spalding.