ACORDADA 231/2001 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAY (C.S. Paraguay) • 2001/11/23 • PY/LEGI/0357
VigenteACORDADA2001CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAYPY/LEGI/0357
Agentes Síndicos - Ampliación de los turnos.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil uno, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente, Dr. Raúl Sapena Brugada, y los Excmos. Señores Ministros Felipe Santiago Paredes, Carlos Fernández Gadea, Antonio Fretes, Jerónimo Irala Burgos, Bonifacio Ríos Ávalos, Luis Lezcano Claude, Wildo Rienzi Galeano y Enrique A. Sosa Elizeche, por ante mí, la Secretaría autorizante, DIJERON Que, por Acordada Nº 137 de fecha 18/05/1988, se reglamentó las funciones del Síndico General de Quiebras, así como el turno de los Agentes Síndicos que se estableció de la siguiente manera: El Nº 1, al Dr. Julio B. Noé; el Nº 2, al Dr. Domingo Luis Torres; el Nº 3 a la Dra. Irma Alfonso de Bogarín y el Nº 4 al Dr. Alberto Rubén Guanes Riveiro. Que por Acordada Nº 11 del 2 de octubre de 1995 la Corte Suprema derogó la mencionada Acordada, no obstante, dispuso que los Agentes Síndicos continuarán desempeñándose conforme a los turnos que actualmente tienen asignados. Que, por Decreto Nº 689 del 11 de octubre de 2001 la Corte Suprema de Justicia designó a dos nuevos Agentes Síndicos. Que es necesario ampliar los turnos de los Agentes Síndicos para una mejor administración de justicia. Por tanto, de conformidad con las disposiciones previstas con el artículo 3º incs. a) y b) de la Ley Nº 609/95 "Que organiza la Corte Suprema de Justicia", y art. 29 inc. a) de la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial", la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA
Art. 1
ART. 1º.: AMPLIAR los turnos de los Agentes Síndicos como sigue:
Quinto Turno: Abog. Carlos Albino Paredes Recalde
Sexto Turno: Abog. Julio Javier Ríos Bogado
Art. 2
ART. 2º.: ANÓTESE, regístrese, notifíquese.
Raúl Sapena Brugada, Felipe Santiago Paredes, Carlos Fernández Gadea, Jerónimo Irala Burgos, Bonifacio Ríos Ávalos, Wildo Rienzi Galeano, Enrique A. Sosa Elizeche (Sec. María Bellmar Casal).