ORDENANZA 192/2018 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2018/12/12 • PY/LEGI/0GMH
VigenteORDENANZA2018JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/0GMH
Municipalidad -- Extensión de la vigencia de la Ordenanza N° 149/18 hasta el 28 de febrero de 2019.
Visto: El Dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación a la Minuta ME/Nº 9.809/18, del Concejal Humberto Blasco, a través de la cual propone extender la vigencia de la Ordenanza N° 149/18 (21/03/2018), por la cual se suspende en forma temporal lo dispuesto en el Art. 104 de la Ordenanza N° 43/94, referente a la caducidad de la concesión o arrendamiento de los sitios para sepulcros por falta de pago de impuestos, cánones o tasas municipales; y, Considerando: Que a través de la Minuta ME/N° 9.809/18, el Concejal Humberto Blasco expresa cuanto sigue: “Vista la Ordenanza Nº 149/18, por la cual se ordena: “Art. 1º Suspender en forma temporal los efectos de lo dispuesto en el Art. 104 de la Ordenanza Nº 43/94, que expresa: “…caducaran la concesión o arrendamiento de los sitios para sepulcros cuando el titular no haya abonado los impuestos, cánones o tasas municipales, referidos al sitio en cuestión...”. Art. 2º Encomendar a la Intendencia Municipal a realizar el levantamiento provisorio de pago de usufructo, tasa de limpieza o construcciones irregulares de los cementerios municipales, para aquellas personas que se hallan en mora. Art. 3º Establecer el plazo de vigencia de 60 días, a ser contados desde la fecha de promulgación de la presente ordenanza, para la aplicación de Artículos 1° y 2°. Art. 4º Encomendar a la Intendencia Municipal que realice una adecuada publicación por los medios masivos de comunicación de la correspondiente Ordenanza...”. Considerando: Que, la resolución mencionada más arriba, surge a consecuencia de la mora en que se encuentran la mayoría de los contribuyentes asuncenos y la necesidad que el municipio tiene de que los mismos regularicen sus obligaciones en el pago por usufructo, tasa de limpieza o construcciones irregulares de los cementerios municipales. Que, atendiendo que ha fenecido el plazo de la Ordenanza N° 149/18 y que aún muchos contribuyentes no han podido acceder al beneficio que la misma brindaba debido principalmente a procesos burocráticos que dificultó concluir las gestiones pertinentes dentro del plazo anteriormente establecido, es justicia extender el periodo de gracia hasta el 28 de febrero de 2019, a fin de que los contribuyentes se adecuen a la norma vigente en la materia, y regularicen sus obligaciones tributarias, permitiendo de esta forma y por última vez facilidades para el pago de las mismas...”. Que, de conformidad a todo lo precedentemente manifestado, es parecer de la Comisión Asesora que corresponde extender la vigencia de la Ordenanza N° 149/18 (21/03/2018), por última vez, hasta el 28 de febrero de 2019. Por tanto, LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO Ordena:
Art. 1
Artículo 1º.- Extender la vigencia de la Ordenanza Nº 149/18 (21/03/2018), por última vez, hasta el 28 de febrero de 2019, a fin de que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias, permitiendo de esta forma y, por última vez, facilidades para el pago de mismas.
Art. 2
Art. 2º.- Encomendar a la Intendencia Municipal que realice una adecuada publicación por los medios masivos de comunicación de la correspondiente ordenanza.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal.