POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION SFP N° 388/2010 "POR LA CUAL SE ESTABLECE LA POLITICA DE CONCILIACION Y COMPENSACION DE LA JORNADA DE TRABAJO ESTABLECIDA EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 59 DE LA LEY N° 1626/2000 DE LA FUNCION PUBLICA " DEL 20 DE JULIO DE 2010
VigenteRESOLUCION2014SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICAPY/LEGI/0EE1
Administración pública -- Deja sin efecto la Resolución 388/2010 SFP "Por la cual se establece la Política de conciliación y compensac
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 101 y 102 de la Constitución Nacional; La Ley N° 1.626/2000 "De la Función Pública en su Artículo 96 en donde se establece las atribuciones de la Secretaria de la Función Pública; La Ley N° 5.142/2014 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2014": El Decreto N° 1.100/2014 "Por la cual se reglamenta la Ley N° 5142/2014 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2014" Anexo A, El Decreto N° 1.212/2014 "Por el cual se aprueba la implementación del Portal único del empleo público "Paraguay Concursa" y la puesta en funcionamiento del sistema integrado centralizado de la carrera administrativa-SICCA. CONSIDERANDO: Que, la Secretaría de la Función Pública es la Institución responsable de vigilar el cumplimiento de la Ley N° 1626/00 De la Función Pública y de promover por medio de normas técnicas los objetivos de la función pública. Así como, controlar el cumplimiento de la jornada ordinaria de trabajo efectivo, salvo casos especiales previstos en la reglamentación de la presente ley, la cual será de cuarenta horas semanales. La causa que generó la política de compensar la jornada laboral, plasmada en la Resolución que se deroga en el presente instrumento, se encuentra extinta en la actual estructura presupuestaria de los OEE dependientes del Estado, por lo que ésta Secretaría Ejecutiva cree conveniente que dicho proceso desvirtúa el cumplimiento de la carga horaria establecida para el funcionario público y por lo tanto, los lineamientos trazados ya no dan cabida a su aplicabilidad, en concordancia con las políticas de gestión y desarrollo de las personas. En ese sentido, y en el marco de las facultades de Organismo Central Normativo para todo cuanto tenga relación con la Función Pública, ésta Secretaría Ejecutiva, deroga y analizará la pertinencia y oportunidad de un nuevo Instructivo el cual pueda ser aplicado de manera equivalente a todos los OEE, en caso de las circunstancias lo ameriten. POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales, EL MINISTRO SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DELA FUNCION PUBLICA RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 388/2010 "POR LA CUAL SE ESTABLECE LA POLITICA DE CONCILIACION Y COMPENSACION DE LA JORNADA DE TRABAJO ESTABLECIDA EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 59 DE LA LEY N° 1.626/2000 DE LA FUNCIÓN PULICA " DEL 20 DE JULIO DE 2010 y cualquier otra del mismo tenor.
Art. 2
Art. 2°.- Encomendar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, proponer el abordaje de este contenido, en el marco de la propuesta de modificación de la Ley N° 1626/2000 De la Función Pública, elevando una propuesta en el plazo de treinta días hábiles.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda, y publicar la presente Resolución en el portal de internet de la Secretaría de la Función Pública www.sfp.sov.pv y cumplido, archivar.
Humberto R. Peralta Beaufort
Ministro Secretario Ejecutivo
Secretaría de la Función Pública