DECRETO 16.135/1993 • MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (M.S.P.B.S.) • 1993/01/16 • PY/LEGI/01LM
VigenteDECRETO1993MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALPY/LEGI/01LM
Cólera - Prevención - Hortalizas y frutas provenientes de Argentina - Prohibición de ingreso.
VISTO: El rebrote de casos de Cólera en provincias de la República Argentina, y CONSIDERANDO: Que esta situación constituye un riesgo epidemiológico, en el sentido de existir la posibilidad de la entrada de la enfermedad en el territorio nacional, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Prohíbase la entrada de verduras, hortalizas y frutas en estado natural o congeladas, procedentes de la República Argentina.
Art. 2
Art. 2°.- Dispóngase que el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Dirección General de Aduanas, a través de sus organismos pertinentes, tomen las medidas correspondientes para el cumplimiento del presente Decreto.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial. --
El Presidente de la República: Andrés Rodríguez
Ministra de Salud Pública y Bienestar Social: Maria Cynthia Prieto Conti.