POR LA CUAL SE CONFORMA UN COMITE DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO Y HOMOLOGACION DEL "MANUAL DE NORMAS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR SALUD".
VigenteRESOLUCION2012MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0CUW
Comisión de salud -- Conformación del comité de trabajo para el estudio y homologación del "Manual de Normas de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Salud".
VISTO: El Memorándum VMS N° 274/12, registrado como expediente SIMESE N° 9504-2, por el cual el Viceministerio de Salud Pública presenta al gabinete el proyecto de Manual de Normas de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Salud, y solicita la conformación de un comité de trabajo que se haga cargo de su estudio y homologación, para su posterior aprobación por Resolución ministerial; y CONSIDERANDO: Que dicho documento ha sido elaborado por el Departamento de Salud Ocupacional, dependiente de la Dirección de Relaciones Laborales, de la Dirección General de Recursos Humanos, y está destinado a ser implementado en los Hospitales Públicos, Privados y Mixtos de toda la República. Que la Ley N° 836/80, del Código Sanitario, en sus Artículos 3° y 4°, respectivamente, establece que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social es la más alta dependencia del Estado competente en materia de salud y aspectos fundamentales del bienestar social; y que la autoridad de salud es ejercida por el Ministro, con la responsabilidad y atribuciones de cumplir y hacer cumplir las disposiciones vigentes en dicho ámbito. Que el mismo cuerpo legal, en el Capítulo IV De la Salud Ocupacional y del Medio Laboral, Artículo 86°, establece: "El Ministerio de Salud Pública y bienestar Social determinará y autorizará las acciones tendientes a la protección de la salubridad del medio laboral para eliminar los riesgos de enfermedad, accidente o muerte, comprendiendo a toda clase de actividad ocupacional"; y el Artículo 87°, que "El Ministerio dictará normas técnicas y ejercerá el control de las condiciones de salubridad de los establecimientos comerciales, industriales y de salud, considerando la necesaria protección de los trabajadores y de la población en generar". POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Crear un Comité de Trabajo para el estudio y homologación del "Manual de normas de prevención de riesgos laborales en el sector salud" que se anexa y es parte de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°. Disponer que dicho Comité esté integrado por representantes de las siguientes Direcciones Generales:
- Dirección General de Recursos Humanos.
- Dirección General de Recursos Físicos.
- Dirección General de Asesoría Jurídica.
- Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA
- Dirección General de Asistencia Sanitaria en Emergencias y Desastres - ASANED.
Art. 3
Artículo 3°.- Encomendar a la Dirección General de Planificación y Evaluación la coordinación de dicho grupo de trabajo.
Art. 4
Artículo 4°.- Disponer que el Coordinador del Comité presente al gabinete su informe de conclusión, a más tardar en el término de 15 (quince) días corridos.
Art. 5
Artículo 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO