INSTRUCTIVO 5/2008 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 2008/08/13 • PY/LEGI/0CAB
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Verificación de tributos -- Establecimiento de los controles y verificaciones documentales para la emisión de créditos fiscales.
Objetivo
Ante la necesidad de precisar y establecer aspectos relacionados a la aplicación de lo establecido en los Art. 9, Art. 12 y Art. 23 de la Resolución General N° 07/07, por la cual se reglamenta los Art. 86 último párrafo, Art. 88 y 108 último párrafo de la Ley N° 125/91 con la redacción dada por la Ley N° 2421/04, referente a la compensación, devolución o transferencia de Crédito Fiscal del Impuesto al Valor Agregado de los Exportadores y asimilados, los casos de clausura definitiva de actividades y del Impuesto Selectivo al Consumo por las exportaciones realizadas, y el Art. 217 y siguientes respecto de los pagos indebidos o en exceso de tributos, intereses o recargos y multas, se establece el presente Instructivo.
Responsabilidad
* La Dirección General de Recaudación, a través de la Coordinación de Normas y Procedimientos de Recaudación será responsable de “Definir, probar e implantar las normas, procedimientos, sistemas y manuales necesarios para agilizar las gestiones de Créditos Fiscales, conforme a lo establecido en la Resolución M.H. N° 114/07, en su punto 1.5.2. Ítems 2, 4 y 23 respectivamente.
* La Dirección General de Grandes Contribuyentes a través del Departamento de Crédito y Franquicias Fiscales, deberá implementar los controles y seguimientos pertinentes, a fin de verificar el correcto cumplimiento de los procedimientos indicados en el presente instructivo.
1. Requerimientos Generales por esquema
Esquema Virtual
* Libro Compras y Ventas IVA
* Libro Diario
* Otros documentos que se considere necesarios para demostrar la existencia del crédito
Esquema Físico
* Fotocopia de la Cédula de Identidad, Cédula Tributaria, Escritura de Constitución o Acta de Asamblea en que se designa el o los Representante/s Legal/es y fotocopia del Poder en caso de autorizaciones convenientemente protocolizadas. Los documentos citados precedentemente serán presentados por aquellos que soliciten por primera vez la devolución del crédito tributario, o cuando los mismos fueren objeto de modificación.
* Libro Compras y Ventas IVA
* Libro Diario
* Otros documentos que se considere necesarios para demostrar la existencia del crédito
2. Requerimientos detallados por esquema y tipo de devolución
Controlar los siguientes documentos del/los período/s al cual corresponde la solicitud de devolución:
* Certificación de Auditor Independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
2.4 Pago Indebido
Verificaciones a través del Sistema Marangatu
* Declaración Jurada o Despacho de Importación, donde se identifique el pago indebido incurrido.
Verificaciones documentales solicitadas según requerimiento del Analista
* Las contenidas en requerimientos generales.
2.5 Pago en Exceso
Verificaciones a través del Sistema Marangatu
* Declaración Jurada del IVA, Renta o Anticipo del Impuesto a la Renta según corresponda.
Verificaciones documentales solicitadas según requerimiento del Analista
* Planilla de los comprobantes de ventas que fueron objeto de retención.
* Comprobantes de retención computables.
* Informe de la DNA relativos al pago realizado en la mencionada Dirección.
3. Tipos de devoluciones Esquema Físico
Controlar los siguientes documentos del/los período/s al cual corresponde la solicitud de devolución:
3.1 Devolución IVA Tipo Exportador
* Fotocopia de la Declaración Jurada del IVA en la que se establece el crédito tributario.
* Fotocopia de la Declaración Jurada del Tributo Único Maquila en caso de que corresponda.
* Fotocopias de las factura de exportación.
* Certificado expedido por la Dirección Nacional de Aduanas, en donde consta los despachos de exportación con sus respectivas fechas de Cumplimiento de Embarque o Fotocopia del Despacho de Exportación con el respectivo Cumplido de Embarque, convenientemente firmado y fechado, autenticado por la Dirección Nacional de Aduanas.
2.1 Devolución del IVA Tipo Exportador-Esquema Virtual
Verificaciones a través del Sistema Marangatu
* Solicitud de devolución (Form. 750).
* Declaración Jurada IVA
* Declaración Jurada Tributo Único Maquila.
* Declaración Jurada Retención.
* Consulta al Sistema Hechauka, según período fiscal.
Verificaciones documentales solicitadas según requerimiento del Analista
* Comprobantes de compras locales (90 %), excluyendo los servicios públicos.
* Despachos de importación.
* Comprobantes de ingreso SOFIA.
* Detalle de los comprobantes de compras que fueron objeto de retención.
* Certificación de Auditor Independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
2.2 Tipo Servicios Internacionales (Fletes)
Verificaciones a través del Sistema Marangatu
* Solicitud de devolución (Form. 750).
* Declaración Jurada IVA.
Verificaciones documentales solicitadas según requerimiento del Analista
* Despachos de importación.
* Conocimiento de embarque.
* Carta de Porte Internacional por carretera (CRT).
* Manifiesto Internacional de Carga por Carretera/Declaración de Tránsito por Carretera (MIC/DTA).
* Comprobantes de compras locales (90 %), excluyendo los servicios públicos.
* Certificación de Auditor Independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
2.3 Devolución ISC
Verificaciones a través del Sistema Marangatu
* Declaración Jurada ISC.
Verificaciones documentales solicitadas según requerimiento del Analista
* Despachos de exportación.
* Despachos de importación o comprobantes de compras locales donde se demuestre que ha soportado el ISC.
* Comprobantes de ingreso SOFIA.
* Declaración Jurada Agentes de Retención.
* Despachos de importación.
* Comprobantes de compras locales (90 %), excluyendo los servicios públicos.
* Comprobantes de Ingreso SOFIA.
* Certificación de Auditor Independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
3.2. Tipo Servicios Internacionales (Fletes)
* Fotocopia de la Declaración Jurada del IVA en la que se establece el crédito tributario.
* Fotocopias de la factura por el servicio de Flete Internacional.
* Despachos de importación.
* Conocimiento de embarque.
* Carta de Porte Internacional por carretera (CRT).
* Manifiesto Internacional de Carga por Carretera/Declaración de Tránsito por Carretera (MIC/DTA).
* Comprobantes de compras locales (90 %), excluyendo los servicios públicos.
* Certificación de auditor independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
3.3 Devolución ISC
* Declaración Jurada ISC.
* Despachos de exportación.
* Despachos de importación o comprobantes de compras locales donde se demuestre que ha soportado el ISC.
* Comprobantes de ingreso SOFIA.
* Certificación de Auditor Independiente de acuerdo a lo que establece el Art. 25 de la RG N° 07/07.
3.4 Pago indebido
* Declaración Jurada o Despacho de Importación, donde se identifique el pago indebido incurrido.
3.5 Pago en Exceso
* Declaración Jurada.
* Despacho de Importación.
* Planilla de los Comprobantes de ventas que fueron objeto de retención.
* Comprobantes de retención computables.
4. Disposiciones Generales
* En todos los casos la persona física o jurídica debe tener una dirección de correo electrónico declarada en el RUC.
* La falta de presentación de algunos de los requisitos establecidos constituye motivo de rechazo de la solicitud
* El contribuyente no deberá registrar incumplimientos de tipo omiso en su Estado de Cuenta Corriente al momento de presentar la solicitud.
María Gloria Páez Gueyraud
Viceministra de Tributación