INSTRUCTIVO 5/2016 • DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS (D.N.A.) • 2016/04/29 • PY/LEGI/0F7A
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Procedimiento aduanero -- Aplicación de la herramienta informática denominada Tere 2.
A las empresas de remesas expresas, a las Administraciones de Aduanas del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi y Aeropuerto Guaraní, a la Dirección de Fiscalización, a la Coordinación Administrativa de Investigación Aduanera, a la Dirección de Procedimientos Aduaneros, a la Administración del Sistema Informático Sofia, Visto la Resolución D.N.A. N° 448/14 "Por la que se establecen normas de procedimientos para las tramitaciones de las importaciones operadas por las empresas de remesas expresas, y se aprueban los instrumentos a ser utilizados en ese marco, en aplicación de la legislación aduanera vigente", el Instructivo DNA N° 13 del 27 de julio de 2015. La vigencia del régimen de remesa expresa denota que los procedimientos establecidos en la referida resolución e instructivo están consolidados y se han alcanzado los resultados parciales esperados, en materia de registraciones de las operaciones, informaciones para los controles y en lo tributario de manera directa e indirecta, siendo oportuno incorporar en la gestión, los procesos previstos en la aplicación informática denominada Tere 2. La herramienta informática denominada Tere 2 incluye en su aplicación componentes relacionados a las diversas modalidades de transportes; los datos de identidad de los consignatarios cuyos nombres están insertos en las guías aéreas hijas; la herramienta que posibilitara a la empresa de remesa expresa la impresión de los despachos de importación a nombre del contribuyente consignatario; el tratamiento de los envíos fraccionados y la utilización de los nuevos estándares de seguridad. A los efectos de la utilización de la aplicación informática Tere 2, la Dirección Nacional de Aduanas, en virtud de las facultades de las que se halla investida de conformidad al artículo 386 de la Ley N° 2422/04 "Código Aduanero", adopta las siguientes determinaciones:
Art. 1
1.- Aprobar la actualización del servicio web de la Dirección Nacional de Aduanas para la transmisión electrónica de remesa expresa conforme a la estructura de datos de la herramienta informática denominada Tere 2.
Art. 2
2.- Disponer la utilización de la herramienta informativa de la trasmisión electrónica de remesa expresa versión 2.1 denominada Tere 2, y sus diversas aplicaciones, conforme al manual de instrucciones que se adjunta como Anexo y forma parte del presente Instructivo
Art. 3
3.- Establecer que las empresas de remesa expresa, habilitadas por la Dirección Nacional de Aduanas, deberán proceder al desarrollo de la aplicación informática prevista en Tere 2 y la vigencia de una etapa de prueba de la misma, para las transmisiones respectivas, en el lapso comprendido a partir de la fecha de vigencia del presente Instructivo hasta el 25 de mayo de 2016.-
Art. 4
4.- Disponer la obligatoriedad de la vigencia de las adecuaciones y nuevas aplicaciones informa ticas desde el 26 de mayo de 2016 a los efectos del desaduanamiento de los envíos operados a través del régimen de remesa expresa.
Art. 5
5.- El departamento de registro de la Dirección de Procedimientos Aduaneros procederá a la habilitación, por el ejercicio año 2016, únicamente, de las empresas de remesa expresa que han efectúa do el desarrollo de la aplicación informática Tere 2.
Art. 6
6.- Dejar sin efecto las aplicaciones y el Manual de Instrucciones del Anexo III de la Resolución DNA N° 448/14, excepto las especificaciones técnicas: Cliente WSAA Versión 1.4 y la generación de par de claves con portecle Versión 3.0
Art. 7
7.- En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Instructivo, la Dirección Nacional de Aduanas dispondrá la aplicación del régimen sancionador dispuesto en el artículo 27 de la Resolución DNA N° 448/14 y la legislación aduanera.
Asuncion, 29 abril de 2016
LIC. NELSON VALIENTE
DIRECTOR NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
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