POR EL CUAL SE ENCOMIENDA AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA TAREA COMPLETAR EL DOCUMENTO DENOMINADO CELEBRACIÓN DEL CENTENARIO DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA - DECLARACIÓN JURÍDICA DEL GOBIERNO, EN EL MARCO DE LA CANDIDATURA DEL PARAGUAY COMO SEDE DE UNO DE LOS EVENTOS DEPORTIVOS PREVISTOS PARA CONMEMORAR EL CENTENARIO DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2030, Y SE AUTORIZA AL MINISTRO SU SUSCRIPCIÓN.
VigenteDECRETO2024MINISTERIO DE JUSTICIAPY/LEGI/28RJNG
Deporte -- Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFA.
Visto: La Nota SND N° 393/2024, de fecha 17 de mayo de 2024, remitida por la Secretaría Nacional de Deportes, Presidencia de la República, por la cual solicita al Poder Ejecutivo la autorización para suscripción de las garantías gubernamentales en representación del Estado Paraguayo, en el marco de la “Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFA”; y Considerando: Que la Constitución, en el artículo 84, “De la promoción de los deportes”, dispone que “[e]l Estado promoverá los deportes, en especial los de carácter no profesional, que estimulen la educación física, brindando apoyo económico y exenciones impositivas a establecerse en la ley, Igualmente, estimulará la participación nacional en competencias Internacionales”. Que la Ley N° 2874/06 “Del Deporte”, en su artículo 1°, define al deporte como “[...] aquella forma de actividad física que utiliza la motricidad humana como medio de desarrollo integral de las personas, la integración social, la recreación, la competición y el espectáculo” mientras que, en su artículo 3°, establece que “Es deber del Estado, en función del Artículo 84 de la Constitución Nacional, crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de la práctica deportiva. Le corresponde, asimismo, incentivar y facilitar la creación de clubes y demás entidades deportivas, y especialmente los destinados a niños y jóvenes en edad escolar”. Que la Fédération Internationale de Football Association - FIFA, por medio de nota de fecha 5 de octubre de 2023, ha comunicado a la Asociación Paraguaya de Fútbol, a la Asociación del Fútbol Argentino y a la Asociación Uruguaya de Fútbol que su Consejo ha aprobado conmemorar el centenario de la Copa Mundial de la FIFA, en el año 2030, con la organización de tres partidos conmemorativos que tendrán lugar en Uruguay, Argentina y Paraguay, respectivamente. Que la organización de eventos deportivos, nacionales e internacionales, es una extensión natural de las responsabilidades de promoción que corresponden al Estado pues estos eventos no sólo promueven y desarrollan el deporte, sino que también generan beneficios significativos en términos de infraestructura, economía, cohesión social y desarrollo deportivo. Que el fútbol es el deporte con mayor atraigo popular en el Paraguay, sin lugar a dudas, la Copa Mundial de la FIFATM constituye un evento de magnitud inusitada en nuestro país, que nunca antes ha tenido la posibilidad de ser sede de un evento de dicha envergadura. Que albergar un evento de la magnitud y relevancia mencionada posicionará al país ante el mundo entero y constituirá un hito que fortalecerá el rol de nuestro país en el escenario deportivo internacional. Que además, eventos catalizadores de este tipo, además de los generar beneficios que impactan positivamente en la salud, la cohesión social, la economía, la educación y la imagen internacional del país, tienen un impacto duradero en la formación de futuras generaciones de deportistas y en la creación de una cultura deportiva sostenible. Que en la mencionada comunicación de la Fédération Internationale de Football Association - FIFA, se señala que, a los efectos de albergar estos eventos deportivos, los tres países mencionados deberán cumplir los requisitos mínimos de organización establecidos pata la competición, que deberán ser evaluados por medio de un proceso de presentación de candidaturas que deberá culminar en Julio del 2024. Que por medio de la nota de fecha 02 de mayo de 2024, la Asociación Paraguaya de Fútbol solicita los buenos oficios para la tramitación de la firma de las declaraciones gubernamentales requeridas por la FIFA para la consideración de la candidatura del Paraguay a país anfitrión. Que el artículo 238 de la Constitución faculta, a quien ejerce la Presidencia de la República a, entre otras cosas, dirigir la administración general del país y a dictar decretos que, para su validez, requieren el refrendo del Ministro del ramo.
Que la suscripción de dichas declaraciones gubernamentales, que es competencia del Poder Ejecutivo, importa un paso fundamental y decisivo de manifestación de interés, orientado a lograr el objetivo de que Paraguay sea anfitrión de tan importante evento. Que entre los instrumentos mencionados, se encuentra el documento denominado Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFATM - Declaración jurídica del Gobierno (En inglés: FIFA Wotld CupTM Centenaty Celebration Government Legal Statement) en cuyo contenido se debe describir el marco jurídico nacional del país que pretende el rol de anfitrión, incluido un resumen exhaustivo de todas las leyes, reglamentos, directivas, decisiones y decretos nacionales, regionales y locales, así como cualquier directriz vinculante o código de conducta o práctica que sean pertinentes o puedan afectar a la celebración, organización, puesta en escena, explotación y protección del evento en cuestión o vinculado al mismo. Que al respecto, por Ley N° 15/1948 se crea el Ministerio de Justicia y Trabajo, cuyo rol es acotado por Ley N° 5568/2016. Que el artículo 2° de dicha Ley N° 15/1948 faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar las funciones de dicha secretaría de Estado, conforme a lo cual, en fecha 19 de junio del 2014, se dicta el Decreto N° 1796/2014 “Por el cual se reorganiza la estructura del Ministerio de Justicia y se crea el Viceministerio de Política Criminal”. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3° del mencionado Decreto N° 1796/2014, “El Ministerio de Justicia tiene a su cargo las relaciones del Poder Ejecutivo con el Sistema de Administración de Justicia: propone y ejecuta la política de acceso a la justicia, Política Criminal y Penitenciaria, y las que guarden relación con las personas Privadas de libertad, como así a las personas en relación a su estado civil: promueve la efectiva vigencia de los derechos humanos; coordina y desarrolla programas de defensa del interés público y de fomento a la seguridad jurídica y el Estado de Derecho”, previéndose como objetivos del mismo, conforme al artículo 4°, entre otros, los de velar por la vigencia del imperio de la Ley, el derecho y la justicia y la socialización de la información jurídica y promoción de la cultura de la legalidad, la concordia y el respeto a los derechos humanos, brindar asesoraría legal al Poder Ejecutivo, en especial al Consejo de Ministros, realizar el estudio crítico de las normas constitucionales y demás legislaciones, así como sistematizar, difundir y coordinar el ordenamiento jurídico. Que asimismo, conforme al artículo 10 del Decreto N° 1796/2014, son funciones del Ministerio de Justicia, entre otras, las de colaborar en forma directa e inmediata con el Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración de su cartera, de conformidad con las instrucciones y políticas que aquél imparta, así como también ejercer las demás funciones que le sean encomendadas por el Poder Ejecutivo. Que conforme a todo lo expuesto, se considera pertinente, en el marco de las funciones y atribuciones que le corresponden, encomendar al Ministerio de Justicia la tarea específica de analizar y completar el documento denominado Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFATM – Declaración jurídica del Gobierno, así como también suscribir el mismo como Secretaría de Estado que tiene a su cargo la sistematización, difusión y coordinación del ordenamiento jurídico. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°. Encomendar al Ministerio de Justicia la tarea específica de analizar y completar, en forma detallada y fundada, el documento denominado Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFATM – Declaración jurídica del Gobierno (En inglés: FIFA World CupTM Centenaty Celebration - Govermment Legal Statement), con miras a sostener la candidatura del Paraguay como sede de uno de los eventos deportivos previstos para conmemorar el centenario de la Copa Mundial de la FIFA, en el año 2030.
Art. 2
Art. 2°.- Autorizar al Ministro de Justicia a suscribir el documento denominado Celebración del Centenario de la Copa Mundial de la FIFATM – Declaración jurídica del Gobierno (En inglés: FIFA World CupTM Centenaty Celebration - Government Legal Statement).
Art. 3
Art. 3°. Refréndese por el Ministro de Justicia.
Art. 4
Art. 4°. Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.