POR EL CUAL SE CREA EL JUZGADO DE PAZ EN EL DISTRITO DE LOS CEDRALES, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE LOS CEDRALES, DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA
VigenteLEY1990PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/095A
Creación del juzgado de paz en el distrito de los Cedrales, con asiento en la ciudad de los Cedrales, departamento del Alto Parana.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1(.- Créase el Juzgado de Paz en el Distrito "Los Cedrales", con asiento en la ciudad de los Cedrales, Departamento del Alto Paraná; de conformidad al art. 29, inc "o" de la Ley N( 879 "Código de Organización Judicial".
Art. 2
Artículo 2(.- El Presupuesto General de la Nación proveerá las partidas necesarias, para cubrir los gastos que demanden el funcionamiento del presente juzgado.
Art. 3
Artículo 3(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y seis de abril del año un mil novecientos noventa y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el tres de agosto del año un mil novecientos noventa.
José A. Moreno Ruffinelli Waldino Ramón Lovera
PresidentePresidente
H. Cámara de DiputadosH. Cámara de Senadores
Carlos Galeano PerroneEvelio Fernández ArévalosSecretario ParlamentarioSecretario Parlamentario
Asunción, 18 de setiembre de 1990.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Hugo Estigarribia Elizeche
Ministro de Justicia y Trabajo