POR EL CUAL SE ACEPTA LA DONACIÓN DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE ALTOS, DEPARTAMENTO DE CORDILLERA, A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO.
VigenteDECRETO2021MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALPY/LEGI/5Y7S7N
Donación -- Aceptación de la donación de una fracción de terreno ubicada en el distrito de Altos, departamento de Cordillera, a favor del Estado paraguayo.
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, mediante la cual solicita se acepte la donación de una fracción de terreno ubicada en el distrito de Altos, Departamento de Cordillera, ofrecida por la señora Blanca Rosa Candia Díaz a favor del Estado paraguayo; y Considerando: Que el artículo 238, numeral 1), de la Constitución faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país. Que la señora Blanca Rosa Candia Díaz es legítima propietaria del inmueble ubicado en distrito de Altos, Departamento de Cordillera, con una superficie total de dos hectáreas, seis mil ciento sesenta y un metros cuadrados, mil cincuenta centímetros cuadrados (2 has., 6161 m2, 1050 cm2) con Matrícula N° 5420-D02. Que el inmueble de referencia será asiento definitivo del Puesto de Salud que corresponde al área de influencia de la III Región Sanitaria Cordillera, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Que la donación ofrecida redundará en beneficio de los pobladores de la mencionada comunidad, por lo que corresponde dictar el presente acto administrativo a los efectos de formalizar la aceptación del bien donado. Que la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social Se ha expedido en los términos del Dictamen A.J. N° 2080 de fecha 19 de octubre de 2021. Por tanto, en ejercicio de sus facultades constitucionales; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Aceptase la donación ofrecida por la señora Blanca Rosa Candia Díaz a favor del Estado paraguayo, consistente en una fracción de terreno ubicada en el distrito de Altos, Departamento de Cordillera, individualizada como Matrícula N° 5420-D02, Padrón N° 2236, que cuenta con las siguientes dimensiones: FRACCIÓN A: AL NORTE (Línea e-f) mide 36m. (treinta y seis metros) y linda con parte de la Fracción B (Resto 1). AL SURESTE (Línea f-14) mide 30m. (treinta metros) y linda con parte del Lote N.° 5 de Antolín Candia. AL SUROESTE (Línea 14-d) mide 36m. (treinta y seis metros) y linda ron Camino Público Vecinal. AL NOROESTE (Línea d-e) mide 30m. (treinta metros) y linda con parte de la Fracción B (Resto 1). Superficie. 1053 m2 5347 cm2 (un mil cincuenta y tres metros cuadrados con cinco mil trescientos cuarenta y siete centímetros cuadrados). El mismo es asiento del Puesto de Salud, dependiente de la III Región Sanitaria – Cordillera.
Art. 2
Art. 2°.- Autorizase al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social a suscribir, en representación del Estado paraguayo, la escritura traslativa de dominio
Art. 3
Art. 3°.- Dánse las gracias a la señora Blanca Rosa Candia Díaz por la donación realizada a favor del Estado paraguayo.
Art. 4
Art. 4°.- El presente decreto será refrendado por el Ministro de Salud Pública y Bienestar Social.
Art. 5
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.