POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS ACTUALIZACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES ESTÁNDAR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, EN MODALIDAD CONVENCIONAL Y POR SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA.
VigenteRESOLUCION2016DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0FVY
Subasta a la Baja Electrónica -- Aprobación de las actualizaciones y modificaciones de los pliegos de bases y condiciones estándar par
Visto: La competencia de la DNCP para elaborar los pliegos estándar de uso obligatorio para las Entidades, Organismos y Municipalidades, conferida por Ley N° 3439/07; la Resolución DNCP N° 3025/2016, por la cual se aprueban las actualizaciones de los pliegos de bases y condiciones y de las cartas de invitación estándar de los llamados realizados por las modalidades convencional y subasta a la baja electrónica; y Considerando: Que, el Art. 1º de la Ley Nº 3439/07 “Que modifica la Ley Nº 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas”, modifica el Art. 5º de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y crea la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), como institución reguladora y verificadora de las contrataciones que caen bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 2051/03. Que, el Art. 3° de la citada disposición legal establece entre las funciones y atribuciones de la DNCP: a) diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades; g) elaborar y difundir manuales de procedimientos y pliegos estándar de uso obligatorio para las entidades, organismos y municipalidades; y en su Art. 5º determina que la Dirección de Normas y Control tendrá las siguientes funciones: f) implementar los mecanismos necesarios que garanticen la puesta en vigencia de los nuevos procedimientos de contrataciones; h) revisar periódicamente las prácticas y políticas del sector público en materia de contrataciones para asegurarse de que las mismas se estén aplicando uniformemente, según lo requiere la Ley y la Reglamentación. Que, el Decreto Nº 10.395/07 establece el uso obligatorio en los procesos de contrataciones públicas, regidos por la Ley N° 2051/03 y sus reglamentaciones, de los modelos de Pliegos aprobados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Que, la Ley N° 5424/15 “Que regula la prestación de servicios de Vigilancia y Seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de Seguridad Privada”, cuyo Art. 1º establece que “la presente Ley tiene por objeto regular la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas, bienes y transporte de valores por parte de personas físicas y/o jurídicas legalmente constituidas y habilitadas a ese fin”, y conforme al Art. 7º, el Órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional es el encargado de otorgar la habilitación para el funcionamiento de las empresas de seguridad privada y personas físicas. Que, por Resolución de la Comandancia N° 2/2016 “Por la cual se aprueba el Reglamento Interno para la Aplicación de la Ley 5424/2015 “Que regula la prestación de servicios de Vigilancia y Seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de Seguridad Privada” y se crea el Juzgado de Instrucción de Sumario”, el Comandante de la Policía Nacional resuelve: “Art. 1º Aprobar el Reglamento Interno para la aplicación de la Ley Nº 5424/2015, ...Art. 4° El órgano de Aplicación del presente Reglamento será la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, dependiente del Departamento contra Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional, con competencia administrativa y ejecutiva en todo el territorio nacional”. El Decreto Nº 6121 de fecha 13 de octubre de 2016 “Por el cual se reglamenta el inciso k) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/2003, “De Contrataciones Públicas”.
Que, siendo el Pliego de Bases y Condiciones el documento esencial para las contrataciones, dado que la Administración refleja sus necesidades y el objeto que desea licitar, estableciendo las bases y condiciones del futuro convenio, constituyendo para las Convocantes una importante herramienta para uniformar los criterios de selección y garantizar a los participantes la observancia de los Principios de Economía y Eficiencia, Igualdad y Libre Competencia, Transparencia y Publicidad, Simplificación y Modernización Administrativa, y Desconcentración de Funciones, las nuevas disposiciones legales y reglamentarias emitidas en materia de Seguridad y Vigilancia, obligan a ajustar sus cláusulas conforme a ellas. Que, por Decreto N° 1614/14 del 16 de mayo de 2014, se designa al Abog. Santiago Jure Domaniczky, como Director Nacional de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Por tanto, en uso de sus atribuciones legales, El Director Nacional de Contrataciones Públicas Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar las actualizaciones y modificaciones de los Pliegos de Bases y Condiciones Estándar para la Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia, realizados en las modalidades Convencional y por Subasta a la Baja Electrónica, en los términos indicados en los respectivos documentos.
Art. 2
Artículo 2°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 02 de enero de 2017.
Art. 3
Artículo 3°.- Derogar cualquier disposición contraria a la presente Resolución.
Art. 4
Artículo 4º.- Comunicar a quienes corresponda, publicar, y cumplido, archivar.
Santiago Jure Domaniczky - Director Nacional