RESOLUCION DE ACTUALIZACION 62/2011 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 2011/10/11 • PY/LEGI/0C9U
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Tipo de cambio -- Establecimiento de los tipos de cambio para las operaciones realizadas en monedas extranjeras.
VISTOS; Los Artículos 7º inc. e) de la Ley Nº 125/91, 19º del Decreto Nº 6.806/05, 61º del Decreto Nº 6.359/05 e informe del Banco Central del Paraguay, y CONSIDERANDO; Que es necesario facilitar a los contribuyentes, la información referente a las cotizaciones de monedas extranjeras en el mercado libre fluctuante a nivel bancario. POR TANTO; EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°- TIPOS DE CAMBIO. - Los tipos de cambio comprador o vendedor comunicados por el Banco Central del Paraguay en el mercado libre a nivel bancario al cierre de cada día del mes que se menciona a continuación son los siguientes:
[imagen]
OBS: El Marco Alemán, Franco Francés, Florín Holandés, Peseta Española, Franco Belga y la Lira Italiana fueron reemplazadas por el Euro, según informe del Banco Central del Paraguay.
Se podrá igualmente contar con la información día a día, accediendo a la dirección www.set.gov.py.
Art. 2
Art. 2°.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
GERONIMO BELLASSAI BAUDO
VICEMINISTRO DE TRIBUTACION