QUE MODIFICA EL ARTICULO 12 INCISO O) DE LA LEY 551/75 "QUE REESTRUCTURA EL CREDITO AGRICOLA DE HABILITACION (CAH) Y ESTABLECE SU CARTA ORGANICA".
Sin vigenciaLEY2009PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/09PT
Crédito Agrícola de Habilitación -- Reestructuración y establecimiento de su carta orgánica -- Modificación de la Ley 551/75 art. 12 i
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 12 inciso o) de la Ley Nº 551/75 "QUE REESTRUCTURA EL CRÉDITO AGRÍCOLA DE HABILITACIÓN (CAH) Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA", cuyo texto queda redactado como sigue:
Art. 12.- o) Calificar la suficiencia de las finanzas y cancelarlas. Acordar quitas y esperas, en asunto cuyo monto no exceda al equivalente a quince salarios mínimos para actividades diversas no especificadas en la República, debiendo para asunto de mayor monto, obtener la autorización del Poder Ejecutivo.
Art. 2
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres
Presidente
H. Cámara de Diputados
Enrique González Quintana
Presidente
H. Cámara de Senadores
Clemente Ramón Barrios
Secretario Parlamentario
Lino Cesar Oviedo
Secretario Parlamentario
Asunción, 2 de julio de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Enzo Cardozo Jiménez
Ministro de Agricultura y Ganadería