DECRETO 1738/2009 • MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (M.I.C.) • 2009/03/29 • PY/LEGI/09MF
VigenteDECRETO2009MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIOPY/LEGI/09MF
Establecimiento de las funciones del Ministerio de Industria y Comercio - Reglamentación de la Ley 904/63 art. 2º, inc. s).
VISTO: La Ley Nº 2961 del 17 de julio de 2006, "Que modifica y amplía disposiciones de la Ley Nº 904/63, "Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio"; y CONSIDERANDO: Que es necesario percibir Tasas por los servicios de visación de documentos comerciales expedidos por este Ministerio. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Reglamentase el Artículo 2°, Inciso s) de la Ley N° 904/63 "Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio", modificado por la Ley Nº 2961/06.
Art. 2
Art. 2º.- Establécese para aquellas actividades económicas, reguladas temporalmente o no por el Ministerio de Industria y Comercio, conforme a la legislación vigente, el cobro de Tasas por servicios efectivamente prestados en carácter de visaciones, licencias u otro que se creare. El monto de la tasa será establecido por Resolución Ministerial.
Citado por
Citado por
Art. 3
Art. 3º.- Facultase al Ministerio de Industria y Comercio el cobro de Tasas por servicios efectivamente prestados en carácter de visaciones, licencias u otro que se creare, por medio de la Resolución Ministerial.
Art. 4
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Industria y Comercio.
Art. 5
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.