DECRETO 5793/2010 • MINISTERIO DE HACIENDA (M.H.) • 2010/12/30 • PY/LEGI/05HI
VigenteDECRETO2010MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/05HI
Delegación de facultades -- Autorización al Ministerio de Hacienda para la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del plan fina
VISTO: La presentación efectuada por la Comisión Nacional de Valores (Expedientes M.H. N°s. 17.893 y 31.542/2010), en la que solicita la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 3905 del 8 de febrero de 2010, dentro del Presupuesto 2010 de la citada Entidad; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 21 de la Ley N° 1535/99, "De Administración Financiera del Estado", establece: "La ejecución presupuestaria se realizará en base a planes financieros, generales e institucionales, de acuerdo con las normas técnicas y la periodicidad que se establezca en la reglamentación. Se tomarán en cuenta el flujo estacional de los ingresos y la capacidad real de ejecución del presupuesto de los organismos y entidades del Estado. Dichos planes financieros servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas. Sólo se podrán contraer obligaciones con cargo a saldos disponibles de asignación presupuestaria específica. No se podrá disponer de las asignaciones para una finalidad distinta a la establecida en el Presupuesto. El Ministerio de Hacienda, previa coordinación con los organismos y entidades del Estado, propondrá al Poder Ejecutivo el plan financiero mensual de ingresos y gastos para la ejecución de sus presupuestos...". Que el Artículo 15 del Decreto N° 3905/2010, "Por el cual se aprueba el Plan Financiero y se establecen normas y procedimientos para el proceso de ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2010 aprobado por Ley N° 3964/2010" dispone: "Durante el proceso de Ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2010, el Ministerio de Hacienda podrá realizar una evaluación del Plan Financiero aprobado con todas las fuentes de financiamiento al término del primer semestre, a los efectos de adecuar los montos globales asignados a los Organismos y Entidades del Estado, conforme a las disponibilidades de recursos financieros de la Tesorería General, al resultado de la ejecución presupuestaria o al mejoramiento de las metas de recaudaciones durante el Ejercicio Fiscal 2010". Que los Departamentos de Ingresos y de Servicio Económico de la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, se expidieron en los términos de los Informes DIN° 734 y D.S.E. N° 947 del 22 de diciembre de 2010. Que lo solicitado por la Institución recurrente permitirá contar con Plan Financiero para la adquisición de un automóvil, necesario para el cumplimiento acabado de las metas y objetivos de la Comisión Nacional de Valores. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la ampliación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 3905 del 8 de febrero de 2010, dentro del Presupuesto 2010 de la Comisión Nacional de Valores, por el monto de noventa y siete millones de guaraníes (G. 97.000.000.-), conforme a los Anexos que se adjuntan y forman parte de este Decreto.
Art. 2
Art. 2°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la ampliación del Plan Financiero de ingresos y gastos aprobado para la Entidad 12-11 Ministerio de Industria y Comercio, al solo efecto de adecuar la programación de las transferencias consolidables de la Administración Central a las Entidades Descentralizadas.
Art. 3
Art. 3°.- Establécese que la presente modificación será con carácter de excepción a lo dispuesto en el Artículo 250, primer párrafo, del Anexo A (Guía de Normas y procesos del PGN 2010) del Decreto N° 3866/2010 'Por el cual se reglamenta la Ley N° 3964/2010, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2010".
Art. 4
Art. 4°.- Establécese que las autoridades encargadas de la Ejecución Presupuestaria de la Comisión Nacional de Valores, serán responsables del cumplimiento del Artículo 226 del Anexo "A " Guía de Normas y Procesos del PGN 2010 del Decreto N° 3866/2010.
DECRETO 3866/2010 art. 226
Art. 5
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.
Art. 6
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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