POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA EL “AVISO PREVIO DE APLICACIONES AÉREAS DE FITOSANITARIOS Y FERTILIZANTES DE USO AGRÍCOLA”, DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE).
VigenteRESOLUCION2022SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLASPY/LEGI/VXQFS5
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas -- Procedimiento para el aviso previo de aplicaciones aéreas de fitosanitarios y fertilizantes de uso agrícola del SENAVE.
Visto: El Memorando DAG N° 56/22 de fecha 28 de junio de 2022, presentado por la Dirección de Agroquímicos e Insumos Agrícolas; la Resolución SENAVE N° 552/22 de fecha 31 de agosto de 2022; el Dictamen N° 688/22, de la Dirección de Asesoría Jurídica; y, Considerando: Que, por Memorando DAG N° 56/22 de fecha 28 de junio de 2022, la Dirección de Agroquímicos e Insumos Agrícolas eleva para su socialización, dictamen correspondiente y posterior aprobación mediante acto administrativo, la propuesta de Procedimiento para el “Aviso Previo de Aplicaciones Aéreas de Fitosanitarios y Fertilizantes de Uso Agrícola”, PRO-DAG-03, Versión 01. Que, es necesario establecer la metodología para el aviso previo al SENAVE de fa las operaciones de aplicaciones en forma aérea de productos fitosanitarios y fertilizantes, realizadas por las entidades comerciales aplicadoras o por propietarios de aeronaves agrícolas de uso privado. Que, por Resolución SENAVE N° 596/22 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL “REGLAMENTO PARA EL AVISO PREVIO PARA LAS OPERACIONES DE APLICACIONES AEREAS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y FERTILIZANTES DE USO AGRÍCOLA”, Y SE AUTORIZA EL USO DEL SISTEMA INFORMÁTICO PARA EL AVISO (SIAP)”, se reglamenta el aviso previo de las aplicaciones aéreas de fitosanitarios y fertilizantes de uso agrícola de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley 3742/09 “De control de productos fitosanitarios de uso agrícola” y se autoriza el uso del Sistema Informático para el Aviso Previo (SIAP). Que, por Resolución SENAVE N° 552/22 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL PROCEDIMIENTO PARA EL “CONTROL DE DOCUMENTOS”, PARA LA ELABORACIÓN, VERIFICACION, APROBACION Y AUTORIZACIÓN DE Y DE SEMILLAS (SENAVE), Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN SENAVE 287/2020 DE FECHA 13 DE MAYO DE 2020” de fecha 31 de agosto de 2022, se actualiza el Procedimiento “Control de Documentos”, que está destinado para la elaboración, verificación, aprobación y autorización de documentos relacionados al ámbito del Sistema de Gestión de Calidad (SGC), y se establece un plazo de 5 (Cinco) días corridos para la socialización a través de los medios correspondientes, los documentos elaborados y verificados, antes de su aprobación. Que, consta en el Expediente MEI N° 42/165/2022, todas las documentaciones relacionadas a la socialización del Procedimiento para el “Aviso Previo de Aplicaciones Aéreas de Fitosanitarios y Fertilizantes de Uso Agrícola”, PRO-DAG-03, Versión 01, en cumplimiento lo dispuesto en la Resolución SENAVE N° 552/22. Que, el Departamento del Sistema de Gestión de Calidad de la Secretaría de Planificación, a través del Memorándum DSGC/44/2022 de fecha 16 de setiembre de 2022, informa que el Procedimiento PRO-DAG-03, Versión 01, cumple con el formato y los procesos establecidos en la Resolución SENAVE N° 552/22. Que, la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”, dispone: Artículo 9°,- “Serán Junciones del SENAVE, además de las establecidas en las Leyes 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ... c) establecer las reglamentaciones técnicas para la ejecución de cualquier actividad de su competencia en todo el territorio nacional, de acuerdo a las legislaciones pertinentes, siendo las mismas de acatamiento obligatorio por parte de toda persona física, jurídica u organismos públicos y privados, sin excepción...”. Artículo 13.- “Son atribuciones y funciones del Presidente: ... j) dictar reglamento interno y manual operativo; ...p) realizar los demás actos necesarios para el cumplimiento de sus fines”.
Que, por Providencia DGAJ N° 969/22, la Dirección General de Asuntos Jurídicos remite el Dictamen N° 688/22 de la Dirección de Asesoría Jurídica, donde sugiere a la Máxima Autoridad Institucional, la emisión de una resolución donde se apruebe el Procedimiento para el “Aviso Previo de Aplicaciones Aéreas de Fitosanitarios y Fertilizantes de Uso Agrícola”, PRO-DAG-03, Versión 01, elaborado por la Dirección de Agroquímicos e Insumos Agrícolas. Por tanto: En virtud de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”. LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL SENAVE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Procedimiento para el “Aviso Previo de Aplicaciones Aéreas de Fitosanitarios y Fertilizantes de Uso Agrícola”, PRO-DAG-03, Versión 01, del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Disponer que la Dirección General Técnica, a través de sus áreas competentes, será responsable del cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Disponer que el incumplimiento de la presente Resolución, será pasible de sanciones de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”.
Art. 4
Art. 4°.- Establecer que la presente resolución, rige a partir del 01 de noviembre de 2022.
Art. 5
Art. 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.
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