POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL PROCEDIMIENTO PARA EL “CONTROL DE DOCUMENTOS”, PARA LA ELABORACIÓN, VERIFICACIÓN, APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE DOCUMENTOS RELACIONADOS AL ÁMBITO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD (SGC) DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE), Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN SENAVE 287/2020 DE FECHA 13 DE MAYO DE 2020.
Sin vigenciaRESOLUCION2022SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLASPY/LEGI/9YHGJ7
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas -- Procedimiento para el “control de documentos” para la elaboración, verificación, aprobación y autorización de documentos relacionados al ámbito del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) del SENAVE -- Abrogación de la Resolución SENAVE N° 287/20.
Visto: El Memorando DSGC N° 037/22 de fecha 28 de julio de 2022, presentado por el Departamento del Sistema de Gestión de Calidad de la Secretaría de Planificación; la Resolución SENAVE N° 287/2020 de fecha 13 de mayo de 2022; el Dictamen N° 652/22, de la Dirección de Asesoría Jurídica; y, Considerando: Que, por Memorando DSGC N° 037/22 de fecha 28 de julio de 2022, el Departamento del Sistema de Gestión de Calidad remite el Procedimiento para el “Control de Documento”, PRO-DSGC-001, en su Versión 03, a fin de proceder a su actualización respectiva, solicitando a su vez, la abrogación de la Resolución SENAVE N° 287/2020 de fecha 13 de mayo de 2020. Que, la Resolución SENAVE N° 287/2020 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE DOC UMENTOS PARA LA ELABORACIÓN, VERIFICACIÓN, APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE DOCUMENTOS RELACIONADOS. AL ÁMBITO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD (SGC) Y SE APRUEBAN LOS FORMULARIOS Y REGISTROS PARA EVIDENCIAR LA EJECUCIÓN DE LOS PROCESOS CON LOS REQUISITOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD (SGC)”, de fecha 13 de mayo de 2020, actualiza el procedimiento de Control de Documentos para la Elaboración, verificación, aprobación y autorización de documentos relacionados al ámbito del Sistema de Gestión de Calidad (SGC). Que, es necesario establecer un sistema de control unificado para toda la documentación que forma parte del Sistema de Gestión de Calidad Integrado (SGCI) del SENAVE, a fin de garantizar la emisión, uso, manejo, disponibilidad y accesibilidad apropiada de los documentos. Que, consta en el Expediente MEI N° 86/43/2022, todas las documentaciones relacionadas a la socialización para la actualización del Procedimiento “Control de Documentos” PRO-DSGC-001, Versión 03. Que, la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”, dispone: Artículo 9°.- “Serán funciones del SENAVE; además de las establecidas en las Leyes N°s. 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ... c) establecer las reglamentaciones técnicas para la ejecución de cualquier actividad de su competencia en todo el territorio nacional, de acuerdo a las legislaciones pertinentes, siendo las mismas de acatamiento obligatorio por parte de toda persona física, jurídica u organismos públicos o privados, sin excepción”. Artículo 13.- “Son atribuciones y funciones del Presidente: ... j) dictar el reglamento interno y el manual operativo;... p) realizar los demás actos necesarios para el cumplimiento de sus fines”. Que, por Providencia DGAJ N° 917/22, la Dirección General de Asuntos Jurídicos remite el Dictamen N° 652/22 de la Dirección de Asesoría Jurídica, donde sugiere a la Máxima Autoridad Institucional, la emisión de una resolución donde se actualice el Procedimiento para el “Control de Documentos” PRO-DSGC-001, Versión 03, elaborado por el Departamento del Sistema de Gestión de Calidad de la Secretaria de Planificación. Por tanto: En virtud de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”. EL PRESIDENTE DEL SENAVE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Actualizar el Procedimiento para el “Control de Documentos”, PRO-DSGC-001, Versión 03, para la elaboración, verificación, aprobación y autorización de documentos relacionados al ámbito del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Establecer que el documento elaborado y verificado debe ser socializado en los medios correspondientes, en un plazo de 5 (Cinco) días corridos antes de su aprobación, y posteriormente remitido a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para el dictamen correspondiente, el cual debe ser emitido en un plazo de 5 Cinco) días hábiles de haber recibido el mismo.
Art. 3
Art. 3°.- Establecer que las Direcciones Generales y el Staff de la residencia del SENAVE, a través de sus respectivas áreas, serán responsables de la aplicación efectiva de la presente Resolución.
Art. 4
Art. 4°.- Establecer que la Secretaría de Planificación, de manera anual, deberá presentar un informe a la Presidencia del SENAVE, referido a y de los procedimientos aplicados en el ámbito del Sistema de Gestión de Calidad (SGC).
Art. 5
Art. 5°.- Establecer que la Secretaría de Planificación, a través de sus áreas competentes, será responsable de asegurar el cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 6
Art. 6°.- Abrogar la Resolución SENAVE N° 287/2020 de fecha 13 de mayo de 2020.
Art. 7
Art. 7°.- Establecer que la presente resolución rige a partir de su promulgación.
Art. 8
Art. 8°.- Comunicar a quien corresponda-y cumplida, archivar.
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