QUE DEROGA LA LEY N° 3.476 DE FECHA 13 DE MAYO DE 2008 Y LA LEY N° 4.416 DE FECHA 7 DE SETIEMBRE DE 2011
VigenteLEY2016PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0FLV
Educación -- Derogación de la Ley 3476/2008 y la Ley 4416/2011.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Art. 1
Artículo 1°.- Deróganse la Ley N° 3.476/08 “QUE RECONOCE AL INSTITUTO TECNICO SUPERIOR SANTA CLARA DE ASIS’ COMO INSTITUTO SUPERIOR EN CIENCIAS DE LA SALUD”, y su modificatoria Ley N° 4.416/11.
Art. 2
Artículo 2°.- Establecer que los representantes del “Instituto Superior Latinoamericano en Ciencias de la Salud”, expidan los certificados o constancias de estudios a todos los estudiantes matriculados y egresados.
Art. 3
Artículo 3°.- El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), deberá:
a) Reglamentar los procesos de validación de los estudios y emisión de los certificados o constancias académicas de los estudiantes del Instituto Superior Latinoamericano en Ciencias de la Salud.
b) Promover la reanudación de los estudios en otras entidades de educación superior habilitadas para el efecto.
c) Evaluar a los egresados conforme a las competencias de la carrera.
d) Asegurar que todos los procesos citados precedentemente no signifiquen erogación económica alguna al estudiantado.
Art. 4
Artículo 4°.- El Viceministerio de Educación Superior, deberá registrar los Títulos emitidos del Instituto Superior Latinoamericano en Ciencias de la Salud, que se encuentran en proceso de registro en dicho Viceministerio, previa evaluación de la competencia correspondiente conforme al inciso c) del artículo 3° de la presente ley.
Art. 5
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los trece días del mes de octubre del año dos mil dieciséis, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Hugo Adalberto Velázquez Moreno
Presidente
H. Cámara de Diputados
Roberto Acevedo Quevedo
Presidente
H. Cámara de Senadores
Del Pilar Eva Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria
Emilia Alfaro de Franco
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 31 de octubre de 2016
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Horacio Manuel Cartes Jara
Enrique Riera Escudero
Ministro de Educación y Cultura