POR LA QUE SE AUTORIZA LA INCLUSIÓN DE LOS OBJETOS DE GASTO Nº 346 “REPUESTOS Y ACCESORIOS MENORES” Y Nº 533 “MAQUINARIAS Y EQUIPOS INDUSTRIALES”, AL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) 2022, CORRESPONDIENTE AL CONTRATO N° 533/2021, SUSCRITO CON LA FIRMA SETI S.A., EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL - SBE N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”.
VigenteRESOLUCION2022INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/BWPM73
Instituto de Previsión Social -- Inclusión de los objetos de gasto Nº 346 “Repuestos y accesorios menores” y Nº 533 “Maquinarias y equipos industriales” al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022.
Visto: El Expediente Digital identificado como CA/N° 1590/2022, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 16 de agosto de 2022, el cual contiene la Providencia de la Gerencia de Abastecimiento y Logística, que remitió el Memorando DOP/COP/N° 333/2022, de fecha 27 de julio de 2022, de la Dirección Operativa de Contrataciones, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, la solicitud de autorización para la inclusión de los Objetos de Gasto N° 346 “Repuestos y Accesorios Menores” y N° 533 “Maquinarias y Equipos Industriales”, al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, correspondiente al Contrato N° 533/2021, suscrito con la firma SETI S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 127/2021, “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”; y Considerando: Que por Resolución C.A. N° 109-015/2021, de fecha 30 de diciembre de 2021, entre otras cuestiones se adjudicó la Licitación Pública Nacional - SBE N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”, a la firma SETT SA., entre las cuales se adjudicó los Ítem N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5 y N° 6, formalizándose a través de la suscripción del Contrato N° 533/2021; Que, en efecto, la Cláusula Cuarta “IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO (Art. 37° Inc. a) de la Ley N° 2051/03), del referido Contrato estipula que el crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC), con ID N° 400.814; Que, conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente al Nro. P.A.C. 400.814, difundido en el Sistema de Información de las Contratacio1és Públicas (SICP), se desprende que los Objetos de Gasto asignados para el llamado referencia, los cuales fueron aprobados por Resolución C.A. N° 109-015/2021, de fecha 30 de diciembre de 2021, es el N° 346 “REPUESTOS Y ACCESORIOS MENORES” y N° 533 “MAQUINARIAS Y EQUIPOS INDUSTRIALES”; Que, por Memorando DPA/PAI/N° 117/2021, de fecha 13 de agosto de 2021, el Departamento de Patrimonio, dependiente de la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, expuso cuanto sigue: “...esta Dependencia informa que el ítem N° 3, corresponde a Bien Patrimonial...”
Que, por Memorando DOP/DTC/N° 766/2022, de fecha 29 de junio de 2022, el Departamento Técnico de Contrataciones, dependiente de esta Dirección Operativa de Contrataciones de la Institución, mediante el cual obra entre los antecedentes del expediente de marras, solicitó cuanto sigue: “...el llamado se encuentra incluido en el PAC en el Objeto de Gasto N° 535 “Maquinarias, Equipos y Herramientas mayores - Equipo de Transporte”, con Resolución de Adjudicación CA. N° 109-015/2021, a la firma SOLUCIONES ENERGÉTICAS TECNOLÓGICAS INNOVACIÓN SA. (SETI SA), que actualmente ya fue comunicado a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas a fin de la obtención del código de contratación y se encuentra, en estado retenido debido a que la certificación presupuestaria del presente ejercicio N° 795/2022, se encuentra imputado al Objeto de Gasto N° 346 “REPUESTOS Y ACCESORIOS MENORES”. En estas instancias del proceso ya se encuentra Firmado el contrato, y elevamos a su conocimiento la Resolución DNCP N° 1806/2021, que trata la MODIBICACIÓN DEL PAC CON POSTERIDAD A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. En atención a los Art. 3° y 4° de dicha resolución solicitamos tener en consideración los tramites a realizar para la modificación en todos los procesos que ya se encuentren firmados los contratos y la Dirección de Administración y Finanzas modifique sin previo aviso el objeto de gasto al que se encuentre imputado el llamado...”; Que, por Providencia de fecha 12 de julio de 2022, identificada como Expediente MEM-0832-2022-000096, el Do 7 de Presupuesto, refirió cuanto sigue: “…En atención al Memorando DOP/DTG/N° 766/2022, con relación a la LPN N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLE PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”, se informa que consta en la Resolución de Adjudicación N° 109-015/21 que en fecha 17 de agosto del 2021 a través del CDP N° 2852/21 se informó que el llamado afecta a los Objetos de Gastos N° 533 “Maquinarias y Equipos Industriales” y N° 346 “Repuestos y Accesorios Menores”, quedando en evidencia que el análisis e informe de los objetos de gastos a imputar en el llamado se comunicaron en tiempo y forma en etapa de convocatoria, sin embargo no se realizaron los ajustes correspondientes al PAC del llamado. Por lo expuesto, y teniendo en cuenta el informe DPA/PAI/N° 117/2021, emitido por el Dpto. de Patrimonio en el que se reconoce como único bien patrimonial del llamado al ítem N° 3 “caudalímetro para recarga en tanque de combustible de grupo generador”, se solicitan sus buenos oficios a fin de gestionar los procesos correspondientes para la inclusión del Objeto, de Gasto 346...”; Que, por Correo Electrónico Institucional, de fecha-28 de julio de 2022, el Administrador del Contrato, refirió que: “...por este medio comunico que los objetos de gastos de los ítems del llamado en referencia, son el 346 y el 533, según se visualizan en la planilla siguiente y según CDP 2021, el cual se encuentra dentro de los documentos del llamado, en la página Web de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Por lo tanto se solicita incluir el objeto de gasto faltante en el CDP 2022 a fin de continuar con los trámites correspondientes...”; N° de Ítem Código de Catálogo Descripción Objeto de Gasto 1 26111601-001 Provisión de medidor de consumo de combustible para motores de grupo generador. 346 2 26111601-001 Servicio de montaje e instalación de medidor de consumo de combustible de grupo generador, incluye accesorios. 346 3 26111601-001 Provisión de cadalímetro para recarga en tanque de combustible de grupo generador 533 4 26111601-001 Servicio de montaje e instalación de caudalímetro para tanque de combustible de grupo generador 346 5 26111601-001 Provisión de sensor de nivel de combustible para tanques de grupos generadores 346 6 261111601-001 Servicio de montaje e instalación de sensor de nivel de combustible para tanques de grupos generadores 346 Que, en lo concerniente a la normativa aplicable vigente en materia de modificaciones del Objeto de Gasto del PAC, se tiene a la Resolución DNCP N° 1806/2022, de fecha 31 de mayo de 2022, cuyo Art. 4° Incisos a) y d), preceptúan lo siguiente: “La convocante, excepcionalmente podrá solicitar la modificación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) con posterioridad a la suscripción del contrato en los siguientes casos: a) Llamados cuyos contratos hubieran sido suscritos antes del Ejercicio 2022 (...) d) Llamados en los que se detecte la necesidad de ajustar la asignación presupuestaria...”; Que, en cuanto al supuesto fáctico previsto en el Inc. a) de la disposición legal mencionada, se advierte que el Contrato N° 533/2021, suscito con la firma SETI S.A., fue formalizado con fecha 30 de diciembre de 2021, es decir cumple con el precepto legal mencionado “antes del Ejercicio 2022”. Respecto al supuesto de hecho prevenido en el Inc. d), la necesidad de ajuste surge del pedido del Departamento Técnico de Contrataciones, del cual se infiere cuanto sigue: “…obedece a la necesidad de obtención del código de contratación que se encuentra en estado retenido debido a que el certificado de disponibilidad presupuestaria se encuentra imputado al Objeto de Gasto N° 346 REPUESTOS Y ACCESORIOS MENORES...”, y de lo manifestado por el Administrador del Contrato, quien expuso cuanto sigue: “...por este medio comunico que los objetos de gastos de los ítems del llamado en referencia, son el N° 346 y el N° 533, según se visualizan en la planilla siguiente y según CDP 2021...”; Que, en este contexto, se puede colegir que se hallan reunidos suficientemente, dos de los presupuestos, señalados en el Art. 4° de la Resolución DNCP N° 1806/2022, específicamente, los Incisos a) y d), conforme a las consideraciones expuestas en el párrafo que antecede, correspondiendo en consecuencia, la inclusión de los Objetos del Gasto N° 346 “Repuestos y Accesorios Menores” y N° 533 “Maquinarias y Equipos Industriales”, a través de la reprogramación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, del llamado con ID N° 400.814, inherente a la Licitación Pública Nacional - SBE N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar la inclusión de los Objetos de Gasto N° 346 y N° 533 al llamado con ID N° 400.814, a través de la reprogramación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, en lo concerniente al Contrato N° 533/202stScrito con la firma SETI S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional - SBE N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO, DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DESGENERADORES DEL IPS”, conforme a las fundamentaciones expuestas en el exordio de la presente Resolución.
Art. 2
2°) Autorizar al Departamento Técnico de Contrataciones de la Dirección Operativa de Contrataciones, a proceder la modificación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, del llamado con ID N° 400.814, a los efectos de la inclusión de los Objetos de Gasto N° 346 y N° 533 a los mismos, y a solicitar la emisión del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente.
Art. 3
3°) Encomendar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, a realizar la correcta imputación del Objeto del Gasto aprobado en el Art. 1° de la presente disposición, al Contrato N° 533/2021, suscrito con la firma SETI S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional - SBE N° 127/2021 “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE FLUJO DIFERENCIAL PARA CONSUMO Y CAUDALÍMETRO PARA RECARGA Y NIVELES DE COMBUSTIBLES PARA LOS TANQUES BASES DE GRUPOS DE GENERADORES DEL IPS”, previa consulta y conformidad por parte del Administrador del Contrato.
Art. 4
4°) Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, a expedir el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente.
Art. 5
5°) Facultar al Departamento Técnico de Contrataciones, de la Digestión Operativa de Contrataciones, a realizar la comunicación respectiva ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 3° de la Resolución DNCP N° 1806/2022, de fecha 31 de mayo de 2022.
Art. 6
6°) Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, a realizar los procesos administrativos tendientes al pago y a la Dirección de Tesorería, a efectuar los pagos correspondientes, conforme al marco vigente.
Art. 7
7°) Establecer que la Gerencia de Abastecimiento y Logística y la Dirección Operativa de Contrataciones, son las responsables de la integridad del expediente físico y su coherencia con la versión digital registrada para el tratamiento por parte del Consejo de Administración.
Art. 8
8°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.