DECRETO 2566/2009 • MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA (M.A.G.) • 2009/07/28 • PY/LEGI/02NQ
VigenteDECRETO2009MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIAPY/LEGI/02NQ
Establecimiento de las medidas sanitarias para el uso adecuado de plaguicidas en la producción agropecuaria, con vistas a la protecció
VISTO: El Artículo 238, Numeral 1) de la Constitución Nacional; y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 1.937 del 28 de abril de 2009, se establecieron medidas sanitarias para el uso adecuado de Plaguicidas en la Producción Agropecuaria, con vistas a la protección de la salud de las personas, de los alimentos y del ambiente. Que por el Decreto Nº 2.009 del 12 de mayo de 2009, se suspendió la aplicación de lo dispuesto en el Decreto citado precedentemente, por el término de tres meses. Que en ejercicio de las atribuciones constitucionales establecidas en la Carta Magna, el Poder Ejecutivo considera necesario derogar los Decretos Nº 1.937 del 28 de abril de 2009 y el Nº 2.009 del 12 de mayo de 2009. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Deróganse los Decretos Nº 1.937 del 28 de abril de 2009, "Por el cual se establecen medidas sanitarias para el uso adecuado de Plaguicidas en la Producción Agropecuaria, con vistas a la protección de la salud de las personas, así como de los alimentos y del ambiente", y Nº 2.009 del 12 de mayo de 2009, "Por el cual se suspende la aplicación de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.937 del 28 de abril de 2009, por el término de tres (3) meses".
Art. 2
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Agricultura y Ganadería y de la Ministra de Salud Pública y Bienestar Social.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.