RESOLUCION 254/2002 • COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) • 2002/02/22 • PY/LEGI/06UP
Sin vigenciaRESOLUCION2002COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONESPY/LEGI/06UP
Mecanismo de ajuste del cargo de acceso a la red móvil desde la red fija - Establecimiento y actualización del monto máximo.
VISTOS: La Resolución Nº 209/1999 de fecha 23.06.1999 por la cual se establece el cargo de acceso a la red móvil (CAM) y el cargo de acceso al red fija (CAF), así como las participaciones de los operadores sobre el cargo de acceso a la red móvil; la Resolución Nº 644/2000 de fecha 28.09.2000 por la cual se modifica el valor para el cargo de acceso a la red móvil (CAM) estipulado en la Resolución Nº 209/1999; la Resolución Nº 953/2001 de fecha 05.10.2001 por la cual se contrata al Doctor Agustín Albert o Laverán, para el servicio de consultoría consistente en un estudio de costos relativos a los cargos de acceso de la red tija a la red móvil; la Resolución PR Nº 591/2001 de fecha 05.10.2001 por la cual se nomina la contraparte para la consultoría; el Informe Final de Consultoría presentado por el Consultor en fecha 19.11.2001; el Informe de fecha 31.12.2001 presentado por la Comisión nominada para actuar como contraparte; CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 4º de la Resolución Nº 644/2000 se resuelve encomendar a la Presidencia llevar adelante las gestiones necesarias para la contratación de una Consultora que se aboque al estudio de costos relativos a los cargos de acceso. Que, en el Artículo 5º de la Resolución Nº 644/2000 se resuelve establecer un mecanismo de ajuste del monto de Cargo de Acceso a la Red Móvil desde la Red Fija, estipulado en el Artículo 1º, que contemple la evolución de los costos de prestación del servicio, conforme al criterio que se establezca en el Reglamento General de Tarifas, en consonancia con el resultado que arroje la Consultoría indicada en el Artículo 4º. Que, por Resolución Nº 953/2001 se ha aprobado la contratación de un servicio de consultoría dando cumplimiento a lo estipulado en la Resolución Nº 644/2000. Que, en el Informe del Trabajo de Consultoría, el Consultor propone una polinómica para el ajuste del monto del cargo de acceso a la red móvil, basada en parámetros ligados con la variación del dólar norteamericano, la evolución del índice de precios al consumidor, evolución del salario del peón del sector servicio, evolución de la tarifa telefónica del servicio básico, evolución de la lasa de interés en moneda extranjera para colocaciones en CDA a 180 días y una variable de fijación de rango. Que, en el Informe de la Comisión nominada para actuar como contraparte de la Consultoría, se expone el monto del cargo de acceso a la red móvil que se obtiene de aplicar la polinómica elaborada por el Consultor tomando los índices respectivos en el período setiembre de 2000 a octubre de 2001. POR TANTO: El Directorio de CONATEL, en sesión ordinaria del 22 de febrero de 2002, Acta Nº 007/2002, y de conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley 642/95 de Telecomunicaciones. RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º Establecer que para el ajuste del Cargo de Acceso a la Red Móvil (CAM) desde la red fija se aplique la siguiente polinómica:
NV = VO x (1 + (x1 Tci /Tco+x2 IPCi/IPCo+x3 Spsi/Spso + x4 Tai / Tao + x5 Tpi / Tpo + x6 Vfi))
Donde:
NV: nuevo valor.x1: 35,23
VO: valor original.x2: 27,78
Tci / Tco: variación del dólar
norteamericano.x3: 18,49
IPCi / IPCo: variación del índice de
precios al consumidor.x4: 7,02
Spsi / Spso: variación del salario del
peón del sector servicio.x5: 8,15
Tai / Tao: variación de la tarifa
telefónica del servicio
básico.x6: 5,33
Tpi / Tpo: variación de la tasa de interés
en moneda extranjera
para colocaciones en CDA
a 180 días.
Vfi: variable de fijación de rango
Los valores de variación de los índices deben ser obtenidos del Informe del Banco Central del Paraguay.
Art. 2
Art. 2º Estipular que los periodos de revisión para ajuste del Cargo de Acceso a la Red Móvil desde la red fija sean como mínimo de 1 (un) año.
Art. 3
Art. 3º Fijar el monto máximo para el Cargo de Acceso a la Red Móvil (CAM) desde la red fija en 890 Gs/min (ochocientos noventa guaraníes por minuto) como resultado de la aplicación de la polinómica establecida en el Artículo 1º, tomando como valor original lo fijado en la Resolución Nº 644/2000.
Art. 4
Art. 4º Estipular que lo establecido en los Artículos 2º, 3º y 5º de la Resolución Nº 209/1999 se ajuste al valor de Cargo de Acceso a la Red Móvil fijado conforme al Artículo anterior.
Art. 5
Art. 5º Estipular que la presente Resolución deberá adecuarse a lo que en su momento establezca el Reglamento General de Tarifas y el Reglamento de Interconexión.
Art. 6
Art. 6º Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1º de marzo del año 2002.
Art. 7
Art. 7º Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Víctor A. Bogado G.