VigenteLEY2001PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/031B
Universidad Iberoamericana - Creación.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Créase la Universidad Iberoamericana, entidad privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley Nº 136 del 29 de marzo de 1993 "De Universidades" y en la Ley Nº 1264 del 26 de mayo de 1998 "General de Educación".
Art. 2
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de mayo del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Cándido Carmelo Vera Bejarano.- Juan Roque Galeano Villalba.- Rosalino Andino Scavone.- Ilda Mayeregger.
Asunción, 23 de mayo de 2001
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Luis Angel González Macchi.- Darío Zárate Arellano