POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SUMARIAL ADMINISTRATIVO APLICABLE AL PERSONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
VigenteRESOLUCION2020CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICAPY/LEGI/RNLMQ4
Contraloría General de la República -- Reglamento de procedimiento sumarial administrativo aplicable al personal de la CGR -- Derogación de las resoluciones CGR N° 872/11 y CGR N° 396/16.
Vista: La Constitución Nacional y la Ley N° 276/94 “Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República”, las Resoluciones CGR Nros. 627/02; 872/11; 396/16; 796/17; el Acuerdo y Sentencia N° 1523 de fecha 12 de noviembre de 2013 así como los demás instrumentos legales atinentes; y, Considerando: Que, en virtud a lo dispuesto en la Constitución Nacional y la Ley N° 276/94, la Contraloría General es un órgano de naturaleza autónoma cuya dirección corresponde al Señor Contralor General. Que, el Artículo 9°, inc. j) de la referida Ley faculta al Contralor General a “Dictar los reglamentos internos, normas, manuales de procedimientos, e impartir las instrucciones necesarias para el cumplimiento de esta ley”, en concordancia con el Artículo 21 inc. b) “Dirigir las actividades de la institución, para lo cual emite actos administrativos pertinentes en uso de sus facultades consagradas”. Que, la Resolución CGR N° 627/02 “Por la cual se aprueba el Reglamento Interno del Personal de la Contraloría General de la República”, en el Capítulo II “De las medidas disciplinarias”, en su Artículo 66 establece: “Las medidas de segundo grado serán aplicadas por el Contralor General previo sumario administrativo, con aprobación del comité ejecutivo...”. Que, por Resolución CGR N° 872 de fecha 14 de octubre de 2014 “Por la cual se asignan facultades de investigación interna al Departamento de Gestión Anticorrupción dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Contraloría General de la República”, se confiere potestad al Departamento de Gestión Anticorrupción de realizar diligencias tendientes al esclarecimiento de presuntas faltas realizadas por funcionarios de la Contraloría General de la República, o personas que prestan servicios personales para la institución, con el objeto de verificar la existencia de méritos suficientes para la instrucción de sumarios disciplinarios, rescisión de contratos o la formulación de denuncias ante los órganos jurisdiccionales. Que, por Resolución CGR N° 396 de fecha 18 de mayo de 2016 “...se reglamenta el procedimiento sumarial administrativo aplicable al personal de la Contraloría General de la República”. Que, por Acuerdo y Sentencia N° 1523 de fecha 12 de noviembre de 2013, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha declarado inaplicables los Artículos 1°, 2°, 7°, 8°, 15, 17, 19, 33, 74, 96 incisos c), m), n) y 0), 99, 100, 139. 140, 141, 145, de la Ley N° 1626/00 “De la Función Pública”, con relación a la Contraloría General de la República, reafirmando la plena autonomía funcional y administrativa de esta institución, y con ello su independencia para la aplicación de procesos administrativos que pudiesen derivar en la aplicación de sanciones a funcionarios o personas que presten servicios para la misma. Que, la Resolución CGR N° 796/17 “POR LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CONFORME A LAS POLÍTICAS DE MEJORA CONTINUA, MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN, IMPULSADAS EN EL MARCO DE SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES”, dispone que la Dirección General de Integridad Pública y Transparencia: “... Tiene a su cargo el procedimiento administrativo sancionador aplicable a los funcionarios de la Contraloría General de la República conforme a las normativas vigentes”. Que, el personal de la Contraloría General de la República se halla sujeto a un régimen disciplinario, cuyo fin es reglar y velar por el adecuado funcionamiento de la institución, además de la verificación de faltas o infracciones cometidas por los mismos, y la consecuente aplicación de medidas disciplinarias establecidas en el Reglamento Interno del Personal. Que, el proceso sumarial debe estar sometido a determinados principios que tienen por objeto garantizar los derechos del funcionario sometido al mismo, con bases sólidas y transparentes.
Que, según Acta N° 02/2019, de la sesión celebrada en fecha 13 de setiembre de 2019, de conformidad al Artículo 3° inc. g) de la Resolución CGR N° 295 del 25 de octubre de 2000, el Comité Ejecutivo de la Contraloría General aprueba el Reglamento de Procedimiento Sumarial del personal de la CGR, para aplicación de sanciones disciplinarias a los funcionarios, por la comisión de faltas tipificadas y consideradas de segundo grado. Por tanto, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Procedimiento Sumarial Administrativo aplicable al personal de la Contraloría General de la República, cuya redacción se compila en el Anexo de la presente resolución, con la denominación de “Reglamento de Procedimiento Sumarial Administrativo del Personal de la Contraloría General de la República”.
Art. 2
Art. 2°.- Derogar las Resoluciones CGR Nros. 872/11 y 396/16, y toda otra disposición contraria a la presente resolución.
Art. 3
Art. 3°.- Disponer que el reglamento aprobado por la presente, entre en vigencia a partir de la fecha de esta Resolución.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
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