Por la cual se fija nuevo Precio de Venta de Gasoil en Planta de Distribución de Villa Elisa y en Planta de Distribución de Hernandarias.
VigenteRESOLUCION2005PRESIDENTE DE PETROLEOS PARAGUAYOSPY/LEGI/0FC6
Precio de Venta -- Establecimiento del nuevo precio de venta de Gasoil en Planta de Distribución de Villa Elisa y de Hernandarias.
Visto: El Decreto N° 5077, de fecha 15 de abril de 2005, el cual en su Art. 1° autoriza a “Petróleos Paraguayos (PETROPAR) a fijar el precio de venta del gasoil, en Planta de Distribución en Villa Elisa y en Planta de Distribución en Hernandarias que incluye el flete desde Villa Elisa, de conformidad a lo establecido en el Art. 2°.-) del Decreto N° 3581, de fecha 21 de octubre de 2004”; y Considerando: Que los precios internacionales del petróleo y de sus derivados han experimentado una suba fuerte y sostenida, que se refleja en una cada vez mayor pérdida en la venta de dicho producto, El Presidente de Petróleos Paraguayos (PETROPAR), en uso de sus atribuciones legales, Resuelve:
Art. 1
Art. 1°.- Fijar el Precio de Venta de Gasoil en Planta de distribución en Villa Elisa en Gs. 3345 (tres mil trescientos cuarenta y cinco guaraníes) por cada litro, a partir de las 13:00 hs. del día de la fecha.
Art. 2
Art. 2°.- Fijar el Precio de Venta de Gasoil en Planta de distribución en Hernandarias en Gs. 3345 (tres mil trescientos cuarenta y cinco guaraníes) por cada litro más el costo del flete terrestre desde Villa Elisa hasta esa Planta, a partir de las 13:00 hs. del día de la fecha.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda y, cumplido, archivar.