POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL EN EL MÓDULO PROYECTOS DE DESARROLLO, DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM), DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES).
VigenteRESOLUCION2022MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEPY/LEGI/7EU2WJ
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible -- Procedimiento para la implementación de la presentación de los informes de auditoría de cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental en el módulo Proyectos de Desarrollo, del Sistema de Información Ambiental (SIAM) del MADES.
Visto: el Borrador de Resolución enviado por medio telemático por la Lic. Carolina Pedrozo, Directora de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental dependiente de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales; el Dictamen A.J. N° 279/2022 de fecha 11 de abril de 2022, firmado por el Abg. Claudio Velázquez de la Dirección de Asesoría Jurídica; la Providencia DAJ N° 122/2022 de fecha 11 de abril de 2022 de la Dirección de Asesoría Jurídica a la Secretaría General, y; Considerando: Que, la solicitud enviada por la Directora de la DEVIA por medio telemático expresa cuanto sigue: «... Asunto: RESOLUCIÓN AUDITORIAS PARA MODULO PROYECTO DE DESARROLLO.BUENOS DIAS PARA TODOS, POR MEDIO DEL PRESENTE COMPARTIMOS CON USTEDES LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN QUE REGLAMENTA LA PRESENTACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS AUDITORÍAS EN EL MÓDULO PROYECTO DE DESARROLLO. CABE DESTACAR QUE LA RESOLUCIÓN FUE CONSTRUIDA CON LA FUNCIONARIA DE LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS ROSA GOMEZ, REPRESENTANDO LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBERÍAN REALIZARSE. ASIMISMO PONEMOS A SU CONSIDERACIÓN QUE LA FECHA DE INICIO O ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE FUNCIONALIDAD SEA EL 2 DE MAYO DEL CORRIENTE AÑO, A FIN DE QUE LOS INTERESADOS TOMEN CONOCIMIENTO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO.- Que, el objetivo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 6321/18 el cual es diseñar, establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar la Política Ambiental Nacional, a fin de cumplir con los preceptos constitucionales que garantizan el desarrollo nacional en base al derecho a un ambiente saludable y la protección ambiental. Que, concordante con la mencionada Ley y basado en el Art. 2 de la misma, la misión, objetivos y competencias establecidas en el Art. 11º de la Ley 1561/00 establecen: inc. a) elaborar la política ambiental nacional con base a una amplia participación ciudadana; l) suscribir convenios interinstitucionales, organizar y administrar un Sistema Nacional de Información Ambiental, en coordinación y cooperación con organismos de planificación o de investigación, educacionales y otros que sean afines, públicos o privados, nacionales o extranjeros. Que, estas políticas darán cumplimiento en la materia a los mandatos del Art. 28º de la Constitución Nacional Reglamentado con la Ley 5282/14, teniendo como fin, garantizar a todas las personas, el efectivo ejercicio del derecho al acceso a la información pública, a través de la implementación de las modalidades, plazos, excepciones y sanciones correspondientes que promuevan la transparencia del Estado; como así también, como lucha contra la corrupción, rindiendo cuentas y fomentando la participación ciudadana. Que, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) ejecuta el proyecto Desarrollo de Capacidades para mejorar la toma de decisiones relacionadas al medio ambiente global, cuyo objetivo es que Paraguay adopte mejores decisiones de planificación que ayudarán a proteger el medio ambiente mundial en el marco del desarrollo sostenible. Que, las mejores decisiones para lograr y mantener los Objetivos Ambientales Globales, serán el resultado de un mejor acceso a los datos e información actuales, así como a nuevos conocimientos. Que, para el logro de ese objetivo el Sistema de Información Ambiental (SIAC) persigue brindar mayor agilidad y transparencia en el servicio y comodidad a sus usuarios, quienes podrán remitir los proyectos a ser evaluados ante el MADES, a través del sitio web y el SIAM. Que, esta nueva herramienta tecnológica, se desarrolla en respuesta al logro de la meta “cero papel”, y en sintonía con las nuevas gestiones asumidas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que, estas políticas; herramientas y mecanismos establecidos integran de manera armoniosa los objetivos de leyes como la 294/93 “De evaluación de Impacto Ambiental”; la Ley Nº 3239 de los Recursos Hídricos del Paraguay”, la Ley Nº 352/94 “De Áreas Silvestres Protegidas ”, Ley Nº 92/96 “De Vida Silvestre”; Ley Nº 3556/08 De Pesca y Acuicultura”, Ley Nº 5211/14 “Del Aire” y demás leyes y reglamentaciones concordantes y que son de aplicación por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, asimismo mencionamos que el Art. 4º de la Ley 6207/2018 establece Principios Generales como Planificación; Transparencia y Participación Ciudadana; Fomento de las TIC; Protección de los derechos de los usuarios, Libre Adopción Tecnológica y la Masificación del Gobierno Electrónico”, los cuales el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adopta para brindar una gestión transparente. Que, por las razones expuestas precedentemente, se ha trabajado y desarrollado el mecanismo más óptimo, técnico y legal, el cual forma parte integrante del Sistema de Información Ambiental (SIAM), para su implementación y puesta en funcionamiento. Que, el Dictamen A.J. N° 279/2022 expresa: «...DICTAMEN JURÍDICO: A partir de los argumentos expuestos, esta asesoría no opone reparos en líneas generales sobre el borrador de Resolución presentado, el mismo refiere a procedimientos técnicos que fueron tenidos en cuenta por la DGCCARN, a partir de las funciones de dicha Dirección General...». Que, la Ley N° 1561/2000 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, dispone en el Art. 18 Inc. g) Son funciones y atribuciones del Secretario Ejecutivo: “dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”. Que, por Ley N° 6.123/2018 “Eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Que, el Decreto N° 140 de fecha 29 de agosto de 2018, nombra al Señor César Ariel Oviedo Verdún, como Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, el Decreto N° 6918 de fecha 07 de abril de 2022, designa al Señor Gustavo Rut Día, Director de Gabinete, como Encargado de Despacho mientras dure la Ausencia del Titular, desde el 08 al 18 de abril de 2022. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Establecer el procedimiento para la presentación de los Informes de Auditoria de Cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental y otros tipos de estudios en el Modulo Proyectos de Desarrollo, del Sistema de Información Ambiental (SIAM).
Art. 2
Art. 2º.- Disponer la obligatoriedad de la vinculación de los Informes de Auditoria de Cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental y otros tipos de estudios (Ajuste del Plan de Gestión Ambiental, Cambio de Titularidad, Cambio de Denominación, Plan de Cierre), en el Modulo Proyectos de Desarrollo en el SIAM como sigue:
Art. 3
Art. 3°.- Disponer el delineamiento, la descripción de los procedimientos, carga obligatoria de datos y documentaciones los cuales se detallan a continuación:
1- MODULO PROYECTOS DE DESARROLLO
1.1 Vinculación del Proyecto original a uno nuevo presentado por el mismo Consultor
Para la vinculación con un Proyecto de Desarrollo que ya fue aprobado y se encuentra en estado CON DECLARACION/RESOLUCION, presentado por el mismo consultor, este deberá seleccionar el Número de Expediente SIAM en el campo “Proyecto Original”, luego deberá completar los datos del proponente y del establecimiento, así como adjuntar las nuevas documentaciones que sean presentadas para su análisis y evaluación; por último debe confirmar el envío del proyecto.
Una vez vinculado no será necesaria la carga de un nuevo Formulario de Recursos Hídricos ni documentos legales requeridos, a menos que exista alguna modificación sobre los mismos.
1.2 Vinculación del Proyecto original a uno nuevo presentado por otro Consultor
Para la vinculación con un Proyecto de Desarrollo que ya fue aprobado y se encuentra en estado CON DECLARACION/RESOLUCION, presentado por otro consultor, el nuevo consultor deberá solicitar la autorización de acceso al Proyecto Aprobado, adjuntando la Carta Poder otorgada por Escribanía para su posterior aprobación.
Una vez aprobado el Acceso al Proyecto podrá visualizar las documentaciones, luego deberá seleccionar el Número de Expediente SIAM en el campo “Proyecto Original”, deberá completar los datos del proponente y del establecimiento, así como adjuntar las nuevas documentaciones que sean presentadas para su análisis y evaluación; por ultimo debe confirmar el envío del proyecto.
Una vez vinculado no será necesaria la carga de un nuevo Formulario de Recursos Hídricos ni documentos legales requeridos, a menos que exista alguna modificación sobre los mismos.
2- DE LOS FLUJOS
I. Para los Consultores Ambientales
2.1. Vinculación del Proyecto original a uno nuevo presentado por el mismo Consultor
- Ingresar al SIAM a través de la web del MADES
Art. 3
- Se ingresa al Módulo Proyectos de Desarrollo por medio de la opción “Autorizaciones de Proyectos”, en donde se realiza la carga del documento Carta Poder otorgada por escribanía para la solicitud de vinculación del Proyecto anterior que permitirá la visualización de los documentos contenidos en el mismo.
- Autorizaciones de Proyectos → (+) Presentar solicitud, Complete el Número de Expediente SIAM: → Campo: Archivo Respaldatorio
- Una vez finalizada la carga de todos los datos (Carta Poder), remitir al MADES, mediante la opción Enviar solicitud.
- Hacer seguimiento del estado de la Solicitud de manera OnLine en la Sección: Autorizaciones de Proyectos: → Consultar Solicitud.
- En caso que la solicitud sea rechazada por requerir documentos adicionales, según los requerimientos de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y los Recursos Naturales del MADES, se deberá realizar una nueva presentación de solicitud con las correcciones correspondientes.
Se aprueba solicitud:
- Ingresar al SIAM a través de la web del MADES
- Una vez ingresado en el Sistema se deberá aceptar los términos y condiciones de uso - (sólo la primera vez).
- Se ingresa al módulo Proyectos de Desarrollo por medio de la opción “Detalles de Proyectos”, en donde se realiza la carga completa de los Detalles Administrativos, Legales y Técnicos del Proyecto y se asocian el Proyecto Original, aprobado con estado CON DECLARACIÓN/RESOLUCIÓN.
- [Detalles de proyecto → Nuevo Registro (+), Pestaña Datos del proyecto → Campo: Elija el proyecto original.
- Una vez finalizada la carga de todos los datos (Administrativos, Legales, Documentales y Técnicos del Proyecto, remitir al MADES, mediante la opción Confirmar.
- Abonar las tasas correspondientes al Proyecto Presentado.
- Hacer seguimiento del estado del Proyecto de manera OnLine en la Sección: Seguimientos de Proyectos.
Art. 3
Rechazado: La solicitud se encuentra rechazada con observaciones técnicas por parte de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y los Recursos Naturales
3- DE LOS PLAZOS
Solicitud de Autorización de Vinculación: El nuevo Consultor que requiera acceso a la documentación de un proyecto deberá solicitar su vinculación con una anterioridad mínima de diez (10) días hábiles a1 vencimiento establecido en la Declaración/Resolución anterior.
Respuestas a Solicitud de Autorización de Vinculación: el MADES contara con plazo máximo de cinco (5) días hábiles para la validación o rechazo del acceso a las documentaciones de un proyecto.
Art. 4
Art. 4°.- Establecer el plazo de entrada en vigencia de la presente Resolución a partir del 02 de mayo de 2022.
Art. 5
Art. 5º.- Dejar sin efecto toda disposición contraria a la Presente Resolución.
Art. 6
Art. 6º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.
- Una vez ingresado en el Sistema se deberá aceptar los términos y condiciones de uso - (sólo la primera vez).
- Se ingresa al módulo Proyectos de Desarrollo por medio de la opción “Detalles de Proyectos”, en donde se realiza la carga completa de los Detalles Administrativos, Legales y Técnicos del Proyecto y se asocian el Proyecto Original, aprobado con estado CON DECLARACIÓN/RESOLUCIÓN.
- [Detalles de proyecto → Nuevo Registro (+), Pestaña Datos del proyecto → Campo: Elija el proyecto original.
- Una vez finalizada la carga de todos los datos (Administrativos, Legales, Documentales y Técnicos del Proyecto, remitir al MADES, mediante la opción Confirmar.
- Abonar las tasas correspondientes al Proyecto Presentado.
- Hacer seguimiento del estado del Proyecto de manera OnLine en la Sección: Seguimientos de Proyectos.
- En caso que sean requeridos documentos adicionales, los mismos van presentándose en las Secciones de Documentación del Proyecto correspondiente, según los requerimientos de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y los Recursos Naturales del MADES.
- Si el proyecto tiene alguna observación, se envía un mensaje desde el MADES y si la solicitud es a lugar, se abona la tasa correspondiente y se remite lo correspondiente (aclaraciones, informes, documentaciones, datos técnicos).
- Si el proyecto no tiene observaciones se recibe la notificación del estado de aprobación del proyecto.
Observación:
El consultor indefectiblemente deberá completar el campo “Proyecto Original” correspondiente a la vinculación del proyecto anterior, caso contrario el Sistema no le permitirá enviar el proyecto para su análisis y evaluación.
2.2. Vinculación del Proyecto original a uno nuevo presentado por otro Consultor
- Ingresar al SIAM a través de la web del MADES
- En caso que sean requeridos documentos adicionales, los mismos van presentándose en las Secciones de Documentación del Proyecto correspondiente, según los requerimientos de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y los Recursos Naturales del MADES.
- Si el proyecto tiene alguna observación, se envía un mensaje desde el MADES y si la solicitud es a lugar, se abona la tasa correspondiente y se remite lo correspondiente (aclaraciones, informes, documentaciones, datos técnicos).
- Si el proyecto no tiene observaciones se recibe la notificación del estado de aprobación del proyecto.
Observación:
El consultor indefectiblemente deberá completar el campo “Proyecto Original” correspondiente a la vinculación del proyecto anterior, caso contrario el Sistema no le permitirá enviar el proyecto para su análisis y evaluación.
II. Para usuarios del MADES (Rol Director) - Aprobación de Solicitud de Autorización de Vinculación del Proyecto original a uno nuevo presentado por otro Consultor
- Ingreso al SIAM con usuario único e intransferible.
- Para la Aprobación de la vinculación del Proyecto con el Consultor Nuevo ingresa a [Proyectos de Desarrollo → Autorizaciones]
- Cambiar de estado de Solicitud de Autorización [Proyectos de Desarrollo →Autorizaciones → Cambiar Estado →Seleccionar el Proyecto →Estado: Aprobado]
- Si tiene alguna observación referente a la documentación presentada: [Proyectos de Desarrollo → Autorizaciones → Cambiar Estado → Estado: Rechazado → Observación: se informa por que fue rechazado.]
III. Del Seguimiento y visualizaciones de la Solicitud en el SIAM
El consultor/proponente podrá realizar el seguimiento de su expediente visualizando el estado de la solicitud en el SIAM. Los estados son los siguientes:
Pendiente: La solicitud se encuentra pendiente de análisis de la validez de la documentación presentada, por parte de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y los Recursos Naturales.
Aprobado: La solicitud queda vinculada al nuevo consultor otorgándole permiso para el acceso a todas las documentaciones del proyecto original.