POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS DE GESTION PARA LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 201 3, Y SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE SU CUMPLIMIENTO.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0D6H
Presupuesto -- Aprobación de los Lineamientos de Gestión para la Ejecución del Presupuesto correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, y
VISTOS: Los documentos administrativos generados por la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, tendientes a organizar la Ejecución del Presupuesto correspondiente al Ejercicio fiscal 2013; y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social ha desarrollado los Lineamientos de Gestión para la Ejecución del Presupuesto correspondiente al Ejercicio Fiscal 20! 3, respondiendo a la necesidad de optimizar en cuanto a calidad, eficiencia, celeridad y excelencia, la labor de sus Unidades y Sub Unidades Operativas de Contratación. Que, a los efectos de dar cumplimiento al Artículo 12° de la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas", se desarrollaron claros lineamientos de gestión. Que la Dirección General de Asesoría Jurídica, a través del Dictamen A.J. N° I73, de fecha 28 de enero de 2013, ha emitido su parecer favorable a la firma de la presente Resolución. Que el Decreto N° 21376/1998, en su Art. 20° numeral 6, establece que al Ministro de Salud Pública y Bienestar Social compete ejercer la administración general de la Institución, como responsable de los recursos humanos, físicos y financieros; y el mismo Decreto, en su Art. 20° numeral 7, le asigna como una de sus funciones especificas, la de dictar Resoluciones que regulen la actividad de los diversos programas, dependencias y servicios. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos de Gestión para la Ejecución del Presupuesto correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, desarrollado por la Dirección General de Administración y Finanzas; cuyo texto, forma parte, como anexo, de la presente Resolución.
Art. 2
Artículo 2°.- Establecer que el incumplimiento de cualquiera de los indicadores establecidos en el documento aprobado conforme al Artículo 1° de la presente Resolución, será considerado como falta administrativa, pasible de las sanciones establecidas en la Ley N° 1626/2000 - "De la Función Pública".
Art. 3
Artículo 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
PROF. DR. ANTONIO ARBO SOSA
MINISTRO
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