ACORDADA 476/2007 • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAY (C.S. Paraguay) • 2007/09/18 • PY/LEGI/028H
VigenteACORDADA2007CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEL PARAGUAYPY/LEGI/028H
Poder Judicial - Creación de la Oficina Disciplinaria.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los dieciocho días del mes de setiembre de dos mil siete, siendo las 12:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V. Altamirano, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac, Antonio Fretes, César A. Garay, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante; DIJERON: Que por la Acordada Nº 470 del 14 de agosto de 2007 se reglamentó la potestad disciplinaria de la Corte Suprema de Justicia de manera a instaurar un sistema más eficiente y eficaz para el ejercicio de esta potestad y que la misma entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2008. En tal sentido resulta necesario establecer una oficina que se encargue de la gestión del nuevo sistema disciplinario. A tal efecto, es importante la conformación de dicha oficina con una estructura organizativa y un equipo humano especializado especializado que permitan la consecución de los objetivos propuesto. Por tanto, en virtud de los Art. 29, inciso "a" de la Ley Nº 879/81, "Código de Organización Judicial", y 3º de la Ley Nº 609/95, "Que Organiza la Corte Suprema de Justicia". LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDA:
Art. 1
Art. 1º.- DISPONER la creación de la Oficina Disciplinaria del Poder Judicial, dependiente de la Superintendencia General de Justicia, que será la encargada de la gestión del sistema disciplinario del Poder Judicial. Sus manuales de funciones y procedimientos serán aprobados por Resolución del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 2
Art. 2º.- ESTABLECER la estructura organizativa y funciones de la Oficina Disciplinaria del Poder Judicial de conformidad al Anexo que forma parte de la presente Acordada.
Art. 3
Art. 3º.- ENCOMENDAR al Superintendente General de Justicia la coordinación de las tareas tendientes al establecimiento de la Oficina Disciplinaria del Poder Judicial, a fin de que la misma inicie sus actividades a partir del 1º de febrero de 2008.
Art. 4
Art. 4º.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí:
[imagen]