DECRETO 9298/2000 • MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (M.I.C.) • 2000/06/23 • PY/LEGI/08DG
VigenteDECRETO2000MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIOPY/LEGI/08DG
Derogación del decreto N° 9251 de fecha 20 de junio de 2000 - Vigencia de las disposiciones contenidas en los Decretos Nos. 16.416, 19
Vistos: Los Decretos Nº 1053/93, Nº 16.416/97, Nº 19.339/97, Nº 19.932/98 y Nº 9251/00; y, Considerando: Que uno de los objetivos del Programa de Gobierno del año 1999-2003 del Gobierno de Unidad Nacional de la República del Paraguay, es el fomento del sector productivo, atendiendo la igualdad de condiciones de competitividad para las empresas industriales y agropecuarias que operan en el territorio de la República, como fuente generadora de empleos y de valor agregado, y en especial para estimular la creación y el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MPYMES). Que es necesario adoptar medidas para implementar las decisiones del Gobierno para los fines enunciados. Por tanto, en ejercicio de sus facultades constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, DECRETA:
Art. 1
Art. 1º.- Derógase el Decreto Nº 9251, de fecha 20 de junio del 2000.
Art. 2
Art. 2º.- Quedan plenamente vigentes las disposiciones contenidas en los Decretos Nºs. 16.416/97, 19.339/97 y 19.932/98.
Art. 3
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Industria y Comercio.
Art. 4
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Luis González Macchi - Euclides Acevedo C.- Miguel Angel Salcedo.