POR EL CUAL, SE DECLARA COMO AREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA “GUASÚ PUKÚ”
VigenteDECRETO2015MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0EP3
Recursos naturales -- Declaración como Área Silvestre Protegida Bajo Dominio Privado de la Reserva Natural denominada “Guasú Pukú”.
VISTO: La solicitud de Declaración de Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado realizada por la Secretaría del Ambiente, la Resolución N° 990 de del 30 de diciembre de 2010, la Resolución N° 654 del 24 de enero de 2013; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 26 de la Ley N° 352/1994 de Áreas Silvestres Protegidas, establece: “La declaración de Área Silvestre Protegida bajo dominio privado se hará mediante Decreto del Poder Ejecutivo o Ley teniendo como requisito previo la fundamentación en una justificación técnica que contenga el diagnóstico general de las características particulares de los recursos biológicos, físicos y culturales existentes en el área y de su importancia para la conservación actual y futura de los ecosistemas, los procesos ecológicos y los recursos naturales”. Que por Resolución N° 990/2010; “Por la cual se aprueba la Justificación Técnica para la creación de la Reserva Natural “Presa Lateral Derecha”, con una superficie de tres mil cuatrocientos cincuenta y dos hectáreas (3452 ha), nueve mil cuatrocientos treinta metros cuadrados (9430 m²) inscripta en el Registro Público de la Propiedad, de acuerdo a lo presentado por la Entidad Binacional Yacyretá. Que de acuerdo a la Resolución N° 654/2013 se modificó parcialmente la Resolución N° 990/2010, y cambió la denominación de la reserva por la de “Reserva Natural Guasú Pukú”. Que con dicha Resolución resuelta por la Secretaría del Ambiente, se ha dado cumplimiento al requisito previsto en la norma legal citada anteriormente para esta declaratoria. Que la Ley N° 1561/2000, “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, en el Artículo 14, Inciso k), establece que la Secretaría del Ambiente adquiere el carácter de autoridad de aplicación de la Ley N° 352/1994 “De Áreas Silvestres Protegidas”, que sustituye por tanto a la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre en tal sentido. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Declárase como Área Silvestre Protegida, bajo Dominio Privado, la Reserva Natural denominada “Guasú Pukú”, con una superficie de tres mil cuatrocientos cincuenta y dos hectáreas (3452 ha), nueve mil cuatrocientos treinta metros cuadrados (9430 m²), inscripta en la Dirección de Registros Públicos, de acuerdo a los siguientes datos técnicos, conforme al Informe Pericial adjunto.
Línea LPLD 13 - LPLD 12: Con rumbo N- 85°12’51” -W mide 2157,54 m (Norte ochenta y cinco grados doce minutos cincuenta y un segundos. Oeste, mide dos mil ciento cincuenta y cuatro metros con cincuenta y cuatro centímetros), y linda con derechos de la firma Agrícola y Ganadera BOLF S.A. y derechos del Señor Anastasio Bognadoff.
Línea LPLD 12 — LPLD 11: Con rumbo S-59°02’10”-W mide 524,79 m (Sur cincuenta y nueve grados dos minutos diez segundos. Oeste, mide quinientos veinticuatro metros con setenta y nueve centímetros), y linda con más 6‘ derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea LPLD 11 — LPLD 10: Con rumbo N-74°52’58”-W mide 4421,27 m (Norte setenta y cuatro grados cincuenta y dos minutos cincuenta y ocho segundos. Oeste, mide cuatro míl cuatrocientos veintiún metros con veintisiete centímetros), linda con derechos de la Entidad Binacional Yacyretá y la firma Agrícola y Ganadera Bolf S.A.
Línea LPLD 10 — LPLD 9: Con rumbo S-75°38’41”—W mide 2178,00 m (Sur setenta y cinco grados treinta y ocho minutos cuarenta y un segundos Oeste, mide dos mil ciento setenta y ocho metros), linda con derechos de la firma Agrícola y Ganadera Jorge Bolf S.A.
Línea LPLD 9 — LPLD 8: Con rumbo N-86°34’14”-W mide 4012,18 m (Norte ochenta y seis grados treinta y cuatro minutos catorce segundos Oeste, mide cuatro mil doce metros con dieciocho centímetros), linda con derechos de la firma Agrícola y Ganadera Jorge Bolf S.A.
Línea LPLD 8 — LPLD 7: Con rumbo S-60°54’11”-W mide 1974,14 m (Sur sesenta grados cincuenta y cuatro minutos once segundos. Oeste, mide un mil novecientos setenta y cuatro metros con catorce centímetros), linda con derechos de la firma Agrícola y Ganadera Jorge Bolf S.A.
Línea LPLD 7 — LPLD 6: Con rumbo S-75°13’31”-W mide 119,91 m (Sur setenta y cinco grados trece minutos treinta y un segundos. Oeste, mide ciento diecinueve metros con noventa y un centímetros), linda con derechos del Señor Miguel A. Fleitas y Fracción A (más derechos de la Entidad Binacional Yacyreta).
Art. 1
Línea LPLD 4 — LPLD 3: Con rumbo N-0°00’00”-E mide 1500,00 m (Norte cero grados. Este, mide mil quinientos metros), linda con derechos de Carlos A. López y Guillermo Bordón Krebs.
Línea LPLD 3 — 2-2’: Con rumbo S-90°00’00”—W mide 1594,26 m (Sur noventa grados. Oeste, mide un mil quinientos noventa y cuatro metros con veintiséis centímetros), linda con derechos de Carlos A. López y Guillermo Bordón Krebs.
Línea 2-2 — U: Con rumbo S-8"39’20”-W mide 1744,44 m (Sur ocho grados treinta y nueve minutos veinte segundos. Oeste, mide un mil setecientos cuarenta y cuatro metros cuarenta y cuatro centímetros), linda con más derechos de la Entidad Binacronal Yacyretá.
Línea U - 4: Con rumbo S-89°02’37”-W mide 454,57 m (Sur ochenta y nueve grados dos minutos treinta y siete segundos. Oeste, mide cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cincuenta y siete centímetros), linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea 4 - 5: Con rumbo S-03"47’35”- E mide 168,67 m (Sur tres grados cuarenta y siete minutos treinta y cinco segundos. Este, mide ciento sesenta y ocho metros sesenta y siete centímetros), linda con parte del lote 99.
Línea 5 - 6: Con rumbo S-22°40’47”-W mide 52,30 m (Sur veintidós grados cuarenta minutos cuarenta y siete segundos. Oeste, mide cincuenta y dos metros treinta centímetros), linda con parte del lote 99.
Línea 6 - 7: Con rumbo S-69°22’50”-E mide 140,00 m (Sur sesenta y nueve grados veintidós minutos cincuenta segundos y Este, mide ciento cuarenta metros), linda con parte del lote 99.
Línea 7 - 8: Con rumbo S-22“40’47”—W mide 150,00 m (Sur veintidós grados cuarenta minutos cuarenta y siete segundos. Oeste, mide ciento cincuenta metros), linda con parte del lote 99.
Línea 8 - 9: Con rumbo N-71°37’14”-W mide 234,74 m (Norte setenta y un grados treinta y siete minutos catorce segundos. Oeste, mide doscientos treinta y cuatro metros setenta y cuatro centímetros), linda con parte del lote 99.
Línea 9 - 10: Con rumbo N-22°40’47”-E mide 12,80 m (Norte veintidós grados cuarenta minutos cuarenta y siete segundos. Este, mide doce metros ochenta centímetros), linda con parte del lote 99.
Línea 10 - l: Con rumbo N-74°55’26”-W mide 135,00 m (Norte setenta y cuatro grados cincuenta y cinco minutos veintiséis segundos. Oeste, mide ciento treinta y cinco metros), linda con parte del lote 98.
Art. 1
Línea IIIN-3-1 – IIIN - 2: Con rumbo N»20°10’14”-E mide 621,52 m (Norte veinte grados diez minutos catorce segundos. Este, mide seiscientos veintiún metros con cincuenta y dos centímetros), linda con 1a segunda fracción de la finca N° 2319 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea IIIN—2 — III-2: Con rumbo N-81"10’31”-E mide 405,43 m (Norte ochenta y un grados diez minutos treinta y un segundos. Este, mide cuatrocientos cinco metros con cuarenta y tres centímetros), linda con 1a segunda fracción de la finca N° 2319 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea III-2 — PL-7’: Con rumbo N-81°10’35”-E mide 3529,06 m (Norte ochenta y un grados diez minutos treinta y cinco segundos. Este, mide tres mil quinientos veintinueve metros seis centímetros), linda con 1a segunda fracción de las fincas N° 2319 y 2315 Entidad Binacional Yacyretá.
Linea PL-7’ - III - 3: Con rumbo N-81“11’25”-E mide 612,03 m (Norte ochenta y un grados once minutos veinticinco segundos. Este, mide seiscientos doce metros tres centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 2315 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea III-3 - PL-8’: Con rumbo N-59°56’08”-E mide 548,29 m (Norte cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos ocho segundos. Este, mide quinientos cuarenta y ocho metros veintinueve centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 23 l 5 Entidad Binacional Yacyreta.
Línea PL-8’ - PL-9”: Con rumbo N-59°56’58”-E mide 1065,89 m (Norte cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos cincuenta y ocho segundos. Este, mide un mil sesenta y cinco metros con ochenta y nueve centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 2315 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea PL - 9’ - 314: Con rumbo N-59°56’19”-E mide 1.210,64 m (Norte cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos diecinueve segundos Este, mide ciento ochenta y ocho metros con cuarenta y nueve centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 557 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea 314 - M: Con rumbo S-59°56’00”-W mide 1214,15 m (Sur cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos. Oeste, mide un mil doscientos catorce metros con quince centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 1417 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea M - b: Con rumbo N-59°56’09”-E mide 600,29 m (Norte cincuenta y nueve grados cincuenta y seis minutos nueve segundos. Este, mide seiscientos metros veintinueve centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 2316 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Art. 1
Línea III-5 — III-6: Con rumbo N-61°54’09”-E mide 1900,31 m (Norte sesenta y un grados cincuenta y cuatro minutos nueve segundos. Este, mide mil novecientos metros treinta y un centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea III-6 — PL-11’: Con rumbo S-86°35’36”-E mide 2074,02 m (Sur ochenta y seis grados treinta y cinco minutos treinta y seis segundos. Este, mide dos mil setenta y cuatro metros dos centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea PL-11’ — III-7: Con rumbo S-86"36’18”-E mide 1714,88 m (Sur ochenta y seis grados treinta y seis minutos dieciocho segundos. Este, mide mil setecientos catorce metros ochenta y ocho centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyreta.
Línea III-7 — III—8: Con rumbo N-76°36’23”—E mide 2111,21 m (Norte setenta y seis grados treinta y seis minutos veintitrés segundos. Este, mide dos mil ciento once metros veintiún centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea III-8 - PL-12’: Con rumbo S-74°53’38”-E mide 1.173,01 m (Sur setenta y cuatro grados cincuenta y tres minutos treinta y ocho segundos. Este, mide mil ciento setenta y tres metros un centímetro), linda con 1a fracción de la ¿nca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea PL-12’ — PL-13’: Con rumbo S-74°53’33”-E mide 2026,55 m (Sur setenta y cuatro grados cincuenta y tres minutos treinta y tres segundos Este, mide dos mil veintiséis metros cincuenta y cinco centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyreta.
Línea PL-13’ — 9’: Con rumbo S—74°53’37”-E mide 1272,84 m (Sur setenta y cuatro grados cincuenta y tres minutos treinta y siete segundos. Este, mide mil doscientos setenta y dos metros ochenta y cuatro centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea 9’ — III—9: Con rumbo S- 74°55’57” -E mide 127,74 m (Sur setenta y cuatro grados cincuenta y tres minutos cincuenta y siete segundos. Este, mide ciento veintisiete metros con setenta y cuatro centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyreta.
Línea III—9 — PL-M’: Con rumbo N-53°53’12”-E mide 1099,38 m (Norte cincuenta y tres grados cincuenta y tres minutos doce segundos. Este, mide un mil noventa y nueve metros con treinta y ocho centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Art. 1
Línea E5’ - E6’: Con rumbo S— 56"38’55” -E mide 257,20 m (Sur cincuenta y seis grados treinta y ocho minutos cincuenta y cinco segundos. Este, mide doscientos cincuenta y siete metros con veinte centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea E6’ — 13-1: Con rumbo S- 72°40’03” -E mide 162,49 m (Sur setenta y dos grados cuarenta minutos tres segundos. Este, mide ciento sesenta y dos metros con cuarenta y nueve centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea 13-1 - LPLD 13: Con rumbo N- 00°00’00” -E mide 1519,17 m (Norte cero grados. Este, mide un mil quinientos diecinueve metros con diecisiete centímetros), y linda con derechos de la firma Agrícola y Ganadera BOLF S.A.
Superficie:
3452 Ha 9430 m2 (Tres mil cuatrocientos cincuenta y dos hectáreas nueve mil cuatrocientos treinta metros cuadrados).
Art. 2
Art. 2°.- Ordénase la inscripción de la Presente Declaratoria General en los Registros Públicos, para lo cual se pondrá nota de la misma sobre la inscripción de la finca descripta en el Artículo 1° del presente Decreto.
Art. 3
Art. 3°.- Concédese los beneficios previstos en los Artículos 55, 56 y 57 de la Ley N° 352/1994 “De las Áreas Silvestres Protegidas”, en la forma prevista en el Artículo 30 de la misma.
Art. 4
Art. 4°.- El propietario en un plazo no mayor de seis (6) meses, deberá presentar el Plan de Manejo del Área, así como el plano del área donde se indiquen los puntos que cierran sus límites.
Art. 5
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 6
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Línea LPLD 6 — 5-4’: Con rumbo S-59°39’33”-W mide 808,84 m (Sur cincuenta y nueve grados treinta y nueve minutos treinta y tres segundos. Oeste, mide ochocientos ocho metros con ochenta y cuatro centímetros), linda con la Fracción A (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea 5-4 - 1: Con rumbo N—6°02’44”—E mide 1909,53 m (Norte seis grados dos minutos cuarenta y cuatro segundos. Este, mide un mil novecientos nueve metros con cincuenta y tres centímetros), linda con Fracción B (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea l - B: Con rumbo N-76°48’17”-W mide 620,16 m (Norte setenta y seis grados cuarenta y ocho minutos diecisiete segundos. Oeste, mide seiscientos veinte metros con dieciséis centímetros), linda con derechos del señor Jorge Bolif.
Línea B - 5-3: Con rumbo S-06°02’44”-W mide 2439,13 m (Sur seis grados dos minutos cuarenta y cuatro segundos. Oeste, mide dos mil cuatrocientos treinta y nueve metros con cuarenta y cinco centímetros), linda con derechos del señor Hugo A1len.
Línea 5-3 — LPLD 5: Con rumbo S—59°39’33”-W mide 2290,36 m (Sur cincuenta y nueve grados treinta y nueve minutos treinta y tres segundos Oeste, mide dos mil doscientos noventa metros con treinta y seis centímetros), linda con derechos de los Señores Octaviano Santos, Carlos A. López y Guillermo Bordón Krebs.
Línea LPLD 5 — LPLD 4: Con rumbo S-80°53’01”-W mide 1423,83 m (Sur ochenta grados cincuenta y tres minutos un segundo. Oeste, mide mil cuatrocientos veintitrés metros ochenta y tres centímetros), linda con derechos de los señores Carlos A. López y Guillermo Bordón Krebs.
Línea l - 2: Con rumbo N—22”04’47”—E mide 189,50 m (Norte veintidós grados cuatro minutos cuarenta y siete segundos. Este, mide ciento ochenta y nueve metros cincuenta centímetros), linda con parte del lote 98.
Línea 2 - 3: Con rumbo N-03°47’35”—W mide 105,07 m (Norte tres grados cuarenta y siete minutos treinta y cinco segundos. Oeste, mide ciento cinco metros siete centímetros), linda con parte del lote 98.
Línea 3 - S: Con rumbo S-89°02’37”-W mide 268,83 m (Sur ochenta y nueve grados dos minutos treinta y siete segundos. Oeste, mide doscientos sesenta y ocho metros ochenta y tres centímetros), linda con parte del lote 98.
Línea S - V: Con rumbo S-24°55’39”-W mide 1312,15 m (Sur veinticuatro grados cincuenta y cinco minutos treinta y nueve segundos. Oeste, mide mil trescientos doce metros quince centímetros), linda con derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea V - 16: Con rumbo N-89°02’37”-E mide 1.300,00 m (Norte ochenta y nueve grados dos minutos treinta y siete segundos. Este, mide un mil trescientos metros), linda con la superficie extra-poligonal correspondiente al revelamiento del Río Paraná.
Línea 16 - 9: Con rumbo S-83“51’17”-E mide 810,00 m (Sur ochenta y tres grados cincuenta y un minutos diecisiete segundos. Este, mide ochocientos diez metros), linda con la superficie extra-poligonal correspondiente al revelamiento del Río Paraná.
Línea 9 - IIIN-3-1: Con rumbo S-87°07’52”-E mide 1121,89 m (Sur ochenta y siete grados siete minutos cincuenta y dos segundos. Este, mide mil ciento veintiún metros con ochenta y nueve centímetros), linda con la superficie extra-poligonal correspondiente al revelamiento del Río Paraná.
Línea b - c: Con rumbo N-57°34’55”-E mide 246,38 m (Norte cincuenta y siete grados treinta y cuatro minutos cincuenta y cinco segundos, Este, mide doscientos cuarenta y seis metros treinta y ocho centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 2316 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea c - d: Con rumbo N-67°59’08”-E mide 360,56 m (Norte sesenta y siete grados cincuenta y nueve minutos ocho segundos. Este, mide trescientos sesenta metros cincuenta y seis centímetros), linda con la segunda fracción de la finca N° 2316 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea d - e: Con rumbo N—79°35’14”-E mide 183,70 m (Norte setenta y nueve grados treinta y cinco minutos catorce segundos. Este, mide ciento ochenta y tres metros setenta centímetros), linda con 1a segunda fracción de la finca N° 2316 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea e - 347: Con rumbo N-74°53’08”-E mide 816,07 m (Norte setenta y cuatro grados cincuenta y tres minutos ocho segundos. Este, mide ochocientos dieciséis metros siete centímetros), linda con 1a segunda fracción de la finca N° 2316 (más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá).
Línea 347’ - III-5: Con rumbo N-74°55’29”-E mide 574,17 m (Norte setenta y cuatro grados cincuenta y cinco minutos veintinueve segundos. Este, mide quinientos setenta y cuatro metros diecisiete centímetros), linda con la fracción de la finca N° 2343 Entidad Binacional Yacyretá.
Línea PL-14 - III-10: Con rumbo N- 53°54’06” -E mide 450,79 m (Norte cincuenta y tres grados cincuenta y cuatro minutos seis segundos Este, mide un cuatrocientos cincuenta metros con setenta y nueve centímetros), y linda con más derechos de 1a Entidad Binacional Yacyretá.
Línea III-10-E1’: Con rumbo S- 16“03’13” —E mide 281,30 m (Sur dieciséis grados tres minutos trece segundos. Este, mide doscientos ochenta y un metros con treinta centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea E1'-E2’: Con rumbo S— 72°59’31 -E mide 296,51 m (Sur setenta y dos grados cincuenta y nueve minutos treinta y un segundos Este, mide doscientos noventa y seis metros con cincuenta y un centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binaciona1Yacyretá.
Linea E2’ — E3’: Con rumbo S- 06°49’26” -E mide 680,94 m (Sur seis grados cuarenta y nueve minutos veintiún segundos. Este, mide seiscientos ochenta metros con ochenta y cuatro centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea E3’ - E4’: Con rumbo S- 21°52’44” -E mide 93,44 m (Sur veintiún grados cincuenta y dos minutos cuarenta y cuatro segundos Este, mide noventa y tres metros con cuarenta y tres centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.
Línea E4’ - E5’: Con rumbo S- 32"51’42” -E mide 159,93 m (Sur treinta y dos grados cincuenta y un minutos cuarenta y dos segundos Este, mide ciento cincuenta y nueve metros con noventa y tres centímetros), y linda con más derechos de la Entidad Binacional Yacyretá.