RESOLUCION 182/2009 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2009/03/03 • PY/LEGI/054W
VigenteRESOLUCION2009MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/054W
Autoriza la inscripción excepcional de los/as alumnos/as en las instituciones educativas, sin la presentación del certificado de nacim
Vista: La necesidad de agilizar los trámites para la inscripción de los/as alumnos/as en las instituciones educativas, y, Considerando: Que, en fecha 15 de febrero del corriente año, el Ministerio de Justicia y trabajo a través de los medios de prensa ha comunicado el correspondiente llamado a concurso público de oposición de los cargos para la Dirección general de Registro del Estado Civil de las Personas; y teniendo en cuenta que dicha selección culminaría en treinta (30) días a partir de la fecha del mencionado llamado; Que, por dicho motivo esta Secretaría de Estado autoriza la inscripción excepcional, a fin de evitar demoras innecesarias para el comienzo del año lectivo escolar; Que, el mencionado documento (certificado de nacimiento), deberá ser presentado en las instituciones educativas el día martes 31 de marzo del corriente año. Que, el artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura". Por tanto, en uso de sus atribuciones, El Ministerio de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Articulo 1º.- Autorizar la inscripción excepcional de los alumnos/as en las instituciones educativas, sin la presentación del certificado de nacimiento, por las razones expuestas en el considerando de la presente resolución.
Art. 2
Art. 2º.- Disponer que el mencionado documento (Certificado de Nacimiento), sea presentado a las instituciones educativas hasta el día 31 de marzo de 2009, conforme a lo expuesto en el considerando de la presente resolución.
Art. 3
Art. 3º.- Comunicar y archivar.