DECRETO 14.432/2001 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2001/08/27 • PY/LEGI/04I9
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Licitación Pública - Inicio del proceso de licitación pública e internacional para la participación privada.
VISTO: La Nota SNRE/N2001 - 411 de fecha 24 de agosto del corriente año, por la cual el Ministro de la Reforma del Estado solicita la elaboración del Decreto que da por iniciado el proceso de Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 5/2001, para la participación privada en la ANTELCO. Las disposiciones contenidas en el Art. 23 y concordantes de la Ley Nº 1615/2000 "GENERAL DE REORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ENTIDADES PUBLICAS DESCENTRALIZADAS Y DE REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL". Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 1567/2000 "QUE APRUEBA LA CARTA ENMIENDA CELEBRADA ENTRE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) EN EL MARCO DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº 3842 - PA, APROBADA POR LEY Nº 626/95". Lo dispuesto por el Artículo 111 de la Constitución Nacional y la necesidad de reglamentar el acceso al proceso licitatorio, en un plano de igualdad con los oferentes, pero respetando la preferencia de Rango constitucional, que será reglamentada próximamente por el Poder Ejecutivo conjuntamente con todos aquellos aspectos que sea necesario o conveniente regular en virtud de la Ley 1615 u otras disposiciones legales aplicables. La Contratación del Banco de Inversión SANTANDER CENTRAL HISPANO INVESTMENT y la Contratación del Estudio Jurídico Internacional BAKER & McKENZIE, que asesoran al Gobierno de la República del Paraguay en el proceso de participación privada en la ANTELCO. CONSIDERANDO: Las recomendaciones del Banco de Inversión y el Estudio Jurídico Internacional referidas al cronograma y condiciones para el proceso de licitación. Que es prioridad para el Gobierno de la República del Paraguay dar cumplimiento a los plazos previstos en el Cronograma de Ejecución de las tareas tendientes a permitir la participación privada en la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO), conforme lo establecen las disposiciones legales vigentes. POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1º. - Dánse por iniciado el Proceso de Licitación Pública Nacional e Internacional para la participación privada en la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO)", conforme lo establece el Art. 23 de la Ley Nº 1615/2000.
Art. 2
Art. 2º.- Apruébase la publicación del Anuncio de Convocatoria de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la participación privada en la Administración Nacional de Telecomunicaciones - ANTELCO, el cual se publicará en el diario Noticias, Ultima Hora, la Nación y ABC por el término de 3 días hábiles corridos.
Art. 3
Art. 3º.- Apruébase el Pliego de Precalificación para los interesados en participar de la Licitación Pública Nacional e Internacional en el marco de la participación privada en la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO), que forma parte integrante del presente decreto. El mismo tendrá un costo de US$ 3000 o su equivalente en moneda de curso legal.
Art. 4
Art. 4º.- Autorízase al señor Ministro, Secretario ejecutivo de la Secretaría Nacional de la Reforma del Estado, a designar los cinco miembros que cumplirán las funciones de integrantes de la Comisión de Evaluación de las Ofertas de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 5/2001.
Art. 5
Art. 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros del Poder Ejecutivo.
Art. 6
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro oficial.
Julio Fanego.- Luis González.