QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA LIDIA RAMONA LUGO VDA. DE RODRIGUEZ
VigenteLEY1994PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/013E
Pensión graciable - Aumento a la Sra. Lidia Ramona Lugo Vda. de Rodríguez
Art. 1
Artículo 1o.- Auméntase la pensión graciable a G. 250.000 (doscientos cincuenta mil guaraníes) mensuales, a la Señora Lidia Ramona Lugo Vda. de Rodríguez, esposa del ex-combatiente de la Guerra del Chaco Sgto. 1o. Humberto Valentín Rodríguez Garcete.
Art. 2
Artículo 2o.- La Dirección del Tesoro pagará estas erogaciones con cargo a los fondos del Presupuesto General de la Nación.
Art. 3
Artículo 3o.- Derógase el Artículo 12 de la Ley No. 84 de fecha 16 de diciembre de 1991.
Art. 4
Artículo 4o.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Art. 5
Artículo 5o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.