POR LA CUAL SE ACTUALIZA LA RESOLUCION INCOOP N° 11.564/14, SE CLASIFICA Y TIPIFICA A LAS COOPERATIVAS PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2015
Sin vigenciaRESOLUCION2015INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMOPY/LEGI/0EUN
Cooperativa -- Actualización de la Resolución 11.564/2014 INCOOP, clasificación y tipificación a las cooperativas para el ejercicio ec
VISTO: Las disposiciones de las Resoluciones INCOOP N° 499/04 "Por la Cual se Establece el Marco General de Regulación y Supervisión de Cooperativas"; N°s 6.053/10, 7.381/11, 9.638/12 y 11.564/14 "Por las Cuales se Actualizan la Clasificación General y la Tipificación de las Cooperativas"; y, CONSIDERANDO: Que, a los efectos de la aplicación de las normas contenidas en el Marco General de Regulación y Supervisión de Cooperativas, corresponde clasificar y tipificar a las cooperativas, para el ejercicio 2.015, atendiendo el monto del Activo de las entidades sujetas al Marco Regulatorio. Que, el nuevo Marco Regulatorio para las Cooperativas del Sector de Ahorro y Crédito, aprobado por Resolución INCOOP N° 11.102/13, dispone en su numeral 1.3. TIPIFICACION Y NIVELES DE SUPERVISION, que a las Centrales Cooperativas le corresponderá el Nivel de Supervisión, atendiendo la tipificación más alta, de por lo menos una, de sus asociadas. POR TANTO, en merito de los fundamentos precedentes y, en ejercicio de sus atribuciones legales, en sesión ordinaria de fecha 13 de octubre de 2015, asentada en Acta N° 570/2.015, el CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO RESUELVE:
Art. 1
1°. ACTUALIZAR la clasificación y tipificación de las cooperativas, considerando el monto del Activo correspondiente al cierre del ejercicio económico financiero 2.014, conforme se detalla en el Anexo adjunto que forma parte de la presente resolución.
Art. 2
2°. DISPONER la vigencia de la presente clasificación y tipificación, hasta la emisión de la siguiente resolución, de acuerdo a los parámetros establecidos en el Nuevo Marco de Regulación, al cierre del ejercicio económico financiero 2015.
Art. 3
3°. CONCEDER plazo hasta el 31 de diciembre de 2.015, a aquellas cooperativas que han sido retipificadas a una categoría superior, para adecuarse a las regulaciones que rigen para el tipo de cooperativas en el cual fueron clasificadas.
Art. 4
4°. DISPONER que las cooperativas o entidades de integración cooperativa, que no remitieron la información necesaria en forma oportuna, mantengan su clasificación y tipificación establecida según Resolución INCOOP N° 11.564/14, sin perjuicio que esta Autoridad aplique las medidas que considere pertinente, por el incumplimiento de las obligaciones por parte de las entidades.
Art. 5
5°. COMUNICAR a quienes corresponda y, cumplida archivar.
Abog. Andreas Ens
Miembro del Consejo
Simona Cavazzutti
Miembro del Consejo
Abog. Carlos Ferreira
Miembro del Consejo
Lic. Humberto González
Presidente Interino
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