POR LA CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y MANEJO DEL LAGO YPACARAI Y SU CUENCA DEPENDIENTE DEL GABINETE DEL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES.
VigenteRESOLUCION2020MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONESPY/LEGI/M1NZW3
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones -- Manual de Organización y Funciones de la Dirección Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacarai y su Cuenca.
Visto: La presentación realizada por la Dirección Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacaraí y su Cuenca, a través del Memorándum DINALAYPA-MOPC N° 8 de fecha 11 de mayo de 2020, mediante el cual se solicita la aprobación del Manual de Funciones de dicha Dirección, y; Considerando: Que la Ley N° 6489/2020 “QUE CREA LA COMISIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y MANEJO DEL LAGO YPACARAÍ Y SU CUENCA”, ha establecido en su Artículo 1°, la creación de la Comisión Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacaraí, para la preservación, recomposición y aprovechamiento sostenible del Lago Ypacaraí, de su cuenca y su área de influencia, y ha determinado que la Dirección a cargo de dicha Comisión dependa orgánicamente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). Que en el Decreto N° 3326/2020 “POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONAL Y ADMINISTRATIVA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y MANEJO DEL LAGO YPACARAÍ Y SU CUENCA (CONALAYPA), CREADA POR LEY N° 6489/2020” en su Artículo 5° menciona: “establécese un plazo de noventa (90) días, para reglamentar el funcionamiento de la estructura organizacional de la Dirección Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacaraí y su cuenca; conforme con los procedimientos regidos por la Ley 167/1993”. Que en la Ley N° 1626/2000, “DE LA FUNCIÓN PÚBLICA”; Capítulo XIII, “Del Desarrollo Institucional”, establece lo siguiente en su Artículo 90: “Para el logro de la eficiencia administrativa y la profesionalización del personal público, se adoptarán políticas y acciones en materia de organización y funcionamiento de las dependencias de los entes estatales”. Que atento a las disposiciones de la Ley N° 167/1993 “QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES EL DECRETO LEY N° 5 DE FECHA 27 DE MARZO DE 1991 QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES” que en su Artículo 42 dispone “Facúltese al Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones a reglamentar la organización y funciones de todas las unidades dependientes de la Cartera, de conformidad con el presente Decreto – Ley”. Que mediante una Cooperación Técnica No Reembolsable del BID “Contrato: C- PR-T1268-P003 # CT # de ATN/WS-17615-PR, CONTRATO A SUMA ALZADA, Título del proyecto: Apoyo a la implementación de reformas, fortalecimiento institucional y la formulación de planes de inversión a largo plazo del sector de agua y saneamiento en Paraguay. Este Contrato a Suma Alzada; el Contrato entre el Banco Interamericano de Desarrollo - BID (en adelante denominado Banco Organización Financiera Internacional, con domicilio en Quesada N° 4616 esquina Legión Civil Extranjera, representada para este acto por María Florencia Attademo-Hirt por una parte; y por la otra parte ARCA Política S.A, con domicilio principal en General Santos 1030, debidamente representada para este acto por Rodrigo Weiberlen...”, la DINALAYPA inicia el proceso de elaboración del Manual de Organización y Funciones, en forma participativa, promoviendo actividades coordinadas, acompañados por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Jefatura de Gabinete dependientes del Gabinete del Ministro, la Dirección de Recursos Humanos y la Coordinación Técnica dependientes del Viceministerio de Administración y Finanzas del MOFPC, fortaleciendo la estructura de la DINALAYPA y de la CONALAYPA en sus ámbitos de acción y respetando el marco normativo. Que la Coordinación Técnica dependiente del Gabinete del Viceministro de Administración y Finanzas, se ha expedido en los términos de los Memorandos Nros. 83 de fecha 26 de junio de 2020 y 98 de fecha 22 de julio del 2020, respectivamente. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio se ha expedido en los términos del Dictamen DAJ N° 837, del 15 de julio de 2020. Por tanto; en uso de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Organización y Funciones de la Dirección Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacaraí y su Cuenca dependiente del Gabinete del Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
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