RESOLUCION 277/2003 • SERVICIO FORESTAL NACIONAL (SFN) • 2003/05/27 • PY/LEGI/05G5
VigenteRESOLUCION2003SERVICIO FORESTAL NACIONALPY/LEGI/05G5
Política ambiental -- Disposición para comunicar a todos los propietarios de planes aprobados por el SFN la vigencia art. 28 de la Ley
VISTA: la necesidad de encausar y optimizar el control de la ejecución de los Planes Aprobados por el SFN de los distintos Propietarios, y CONSIDERANDO: la vigencia del Art. 28 de la Ley 422/73 Forestal donde expresa: Las personas físicas y/o jurídicas que realicen aprovechamientos forestales deberán notificar al Servicio Forestal Nacional, al final de cada año, la superficie boscosa que ha sido aprovechada y el volumen o tonelaje de las especies extraídas".- Por tanto, en uso de sus atribuciones: EL DIRECTOR DEL SERVICIO FORESTAL NACIONAL RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°.- Comunicar a todos los Titulares de Planes de Manejo Forestal y Uso de la Tierra aprobados, la obligatoriedad del cumplimiento de las exigencias establecidas en el Art. 28 de la Ley 422/73 y su Decreto Reglamentario, La notificación requerida deberá ser presentada con acuse de recibo en el Servicio Forestal Nacional, sede Central de la ciudad de San Lorenzo Km. 10 1/2 Ruta Mcal Estigarribia hasta el día viernes 11 de julio del corriente año.-
Art. 2
Art. 2°.- Establecer, que el incumplimiento del artículo citado precedentemente facultará al SFN , a suspender la ejecución del Plan.-
Art. 3
Art. 3°.- Indicar que el Informe requerido se refiere al periodo 2002, así como a todos los planes vigentes,
Art. 4
Art. 4°.- COMUNICAR a quienes corresponda y luego archivar.
Ing. Ftal. Cristino Benítez García
Director