POR LA CUAL SE APRUEBAN LAS ACTUALIZACIONES DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y DE LAS CARTAS DE INVITACIÓN ESTÁNDAR DE LOS LLAMADOS REALIZADOS POR LAS MODALIDADES CONVENCIONAL Y SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA, A SER UTILIZADOS EN LOS PROYECTOS FINANCIADOS POR EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) CUANDO UTILICE EL SISTEMA NACIONAL DE ADQUISICIONES DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY.
VigenteRESOLUCION2017DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/0G1S
Contrataciones del Estado -- Aprobación de las actualizaciones de los pliegos de bases y condiciones y de las cartas de invitación est
Visto: El “Acuerdo para uso parcial del Sistema Nacional de Adquisiciones de la República del Paraguay en proyectos financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, entre la República del Paraguay, a través de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y la competencia de la DNCP para elaborar los pliegos estándar de uso obligatorio para las entidades, organismos y municipalidades, conferida por Ley N° 3439/07; y Considerando: Que, el Art. 1º de la Ley N° 3439/07 modifica el Art. 5º de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y crea la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) como institución reguladora y verificadora de las contrataciones que caen bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 2051/03. Que, el Art. 3° de la Ley N° 3439/07 establece entre las funciones y atribuciones de la DNCP: “... a) diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades;...g) elaborar y difundir manuales de procedimientos y pliegos estándar de uso obligatorio para las entidades, organismos y municipalidades”. Que, el Art. 5º de la Ley N° 3439/07 establece entre las funciones de la Dirección de Normas y Control: “... d) elaborar manuales de procedimientos y pliegos de bases y condiciones estándares; g) llevar a cabo revisiones periódicas de las mejores prácticas en materia de contrataciones, y elevar recomendaciones al Director Nacional para su implementación; y h) revisar periódicamente las prácticas y políticas del sector público en materia de contrataciones para asegurarse de que las mismas se estén aplicando uniformemente, según lo requiere la Ley y su reglamento”. Que, el Art. 34 del Decreto N° 21909/03, por el cual se reglamenta la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, dispone que los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares elaborados por las respectivas Unidades Operativas de Contratación deberán contemplarlos aspectos señalados en el Art. 20 de la Ley 2051/03”. Que, el Decreto N° 10395/07 establece el uso obligatorio en los procesos de contrataciones públicas regidos por la Ley N° 2051/03 y sus reglamentaciones, de los modelos de Pliegos aprobados por la DNCP. Que, por Resolución DNCP N° 3414/14 se aprueban los pliegos estándar a ser utilizados en los proyectos financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo cuando se utilice el sistema nacional de adquisiciones de la República del Paraguay. Que, el Pliego de Bases y Condiciones y la Carta de Invitación son los documentos esenciales utilizados conforme a la modalidad del llamado, dado que a través de éstos, la Administración refleja sus necesidades y el objeto que desea licitar, estableciendo las bases y condiciones del futuro contrato, constituyendo para las convocantes una importante herramienta para uniformar los criterios de selección y garantizar a los participantes la observancia de los Principios de Economía y Eficiencia, Igualdad y Libre Competencia, Transparencia y Publicidad, Simplificación y Modernización Administrativa y Desconcentración de Funciones. Que, con la verificación de los Pliegos de Bases y Condiciones y Cartas de Invitación Estándar vigentes, se ha concluido que la redacción de ciertas cláusulas amerita ajustarías conforme a las disposiciones legales y reglamentarias dictadas en los últimos años. Que, por Decreto N° 1614/14, se designa al Abog. Santiago Jure Domaniczky, Director Nacional de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar las actualizaciones de los Pliegos de Bases y Condiciones y de las Cartas de Invitación Estándar, de los llamados realizados por las modalidades Convencional y por Subasta a la Baja Electrónica, a ser utilizados en los proyectos financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) cuando utilice el Sistema Nacional de Adquisiciones de la República del Paraguay, indicados a continuación:
1. CARTA DE INVITACIÓN ESTÁNDAR PARA BIENES COMUNES BID – SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA.
2. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL/CONCURSO DE OFERTAS PARA BIENES COMUNES HASTA EL EQUIVALENTEEN GUARANIES DE US$ 250.000 - SBE.
3. CARTA DE INVITACIÓN ESTÁNDAR PARA BIENES COMUNES BID - CONVENCIONAL.
4. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS – CONVENCIONAL
5. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ESTÁNDAR LICITACIÓN POR CONCURSO DE OFERTAS (LCO) - CONTRATACIÓN DE OBRAS - CONVENCIONAL.
Art. 3
Art. 3°.- Disponer la publicación de los Pliegos de Bases y Condiciones y Cartas de Invitación Estándar en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), en el apartado: Marco Legal - Documentos Estándares.
Art. 5
Art. 5°.- Establecer que la vigencia de la presente Resolución será para todos los llamados ingresados a partir del 01 de diciembre de 2017.
Art. 6
Art. 6º.- Comunicar a quienes corresponda, publicar y cumplido, archivar.
Abog. Santiago Jure Domaniczky
Director Nacional